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Resolución General 294/97 del 17/07/97





COMISION NACIONAL DE VALORES

Resolución General 294/97

Complementaria de la Resolución General Nº 285.

Bs. As., 17/7/97

B.O: 24/7/97

VISTO el Expediente Nº 60/95 del registro de esta COMISION
NACIONAL DE VALORES, caratulado "ANALISIS SOBRE EXIGENCIA
DE PATRIMONIO NETO MINIMO EN LAS AUTORIZACIONES PREVISTAS EN EL
INCISO b) DEL ARTICULO 6º DE LA LEY Nº 17.811",
y lo dictaminado por la Subgerencia de Asesoramiento Legal, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución General Nº 285 se estableció
el requisito de Patrimonio Neto Mínimo de PESOS QUINIENTOS
MIL ($ 500.000) para los mercados de valores que soliciten autorización
para funcionar, equiparando así a estas entidades autorreguladas
a las bolsas de comercio sin mercado de valores adherido.

Que conforme se desprende de los considerandos de la referida
Resolución, se estimó que a los fines del adecuado
cumplimiento de los deberes que la Ley Nº 17.811 pone a cargo
de este Organismo, era menester se exigiera a los mercados de
valores, que contarán con un Patrimonio Neto Mínimo.

Que similares consideraciones merece la situación de los
mercados de futuros y opciones, respecto de los cuales a la fecha
no existen requisitos expresos de índole patrimonial.

Que resulta asimismo aplicable a estas entidades el antecedente
del Expediente CNV Nº 702/93, en el que la SUBSECRETARIA
DE SEGUROS Y MERCADO DE CAPITALES recomendó al Organismo
el dictado de las normas necesarias, ya que el tipo de operatoria
que garantiza la sociedad y los eventuales volúmenes de
las transacciones que los integrantes de la misma pueden transar,
requieren se regule un mayor respaldo patrimonial.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el artículo 7ºy concordantes de la Ley Nº
17.811.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

Artículo 1º-Declarar aplicable a los mercados
de futuros y opciones el requisito de Patrimonio Neto Mínimo
de PESOS QUINIENTOS MIL($ 500.000) contenido en la Resolución
General Nº285.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-Guillermo
Harteneck.-Guillermo A. Fretes.-María S. Martella.-Jorge
Lores.

Administracionius UNLP

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