COMISION NACIONAL DE VALORES
Resolución General 304/98
Modificación del Capítulo IV de las normas (N.T.
1997).
Bs. As., 9/2/98
B.O: 16/02/98
VISTO las presentes actuaciones rotuladas "PROYECTO MODIFICACION
CAPITULO IV NORMAS (N.T.1997)" que tramitan por Expediente
Nº 37/98, y
CONSIDERANDO:
Que, como resultado de la experiencia recogida desde la entrada
en vigencia de las NORMAS (N.T. 1997) aprobadas por la Resolución
General Nº 290, aparece razonable modificar parcialmente
las disposiciones en materia de pago de dividendos en efectivo.
Que el cambio dispuesto tiene en mira la inscripción de
la normativa particular en un único contexto dentro del
marco genérico inherente a los procedimientos de oferta
pública y bursátil.
Que su consagración facilitará la gestión
y el entendimiento por parte de los interesados, superando eventuales
discordancias entre las reglas del Organismo y los Reglamentos
de Cotización de las Entidades Autorreguladas.
Que la presente Resolución se dicta en ejercicio de las
instrucciones conferidas por los artículos 6º y 7º
de la Ley Nº 17.811.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
Artículo 1º-Sustitúyese el artículo
1º, Capítulo IV, Libro 1, de las NORMAS (N. T. 1997)
por el siguiente texto:
"ARTICULO 1º-El pago de los dividendos votados en efectivo
deberá efectuarse dentro de los TREINTA (30) días
corridos de su aprobación por la asamblea respectiva".
Art. 2º-Sustitúyese el artículo 4º,
Capítulo IV, Libro 1, de las NORMAS (N.T. 1997) por el
siguiente texto:
"ARTICULO 4º-En caso de pago de dividendos en acciones,
o en acciones y en efectivo conjuntamente, deberá hacerse
la correspondiente presentación ante la Comisión
dentro de los DIEZ (10) días de celebrada la asamblea que
lo resuelva y ponerse las acciones y el efectivo a disposición
de los accionistas dentro de un plazo que no exceda de TRES (3)
meses, a partir de la notificación de la autorización
de oferta pública".
Art. 3º-Comuníquese,publiquese,dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-Guillermo
A. Fretes.-J. Andrés Hall.-María S. Martella.