Administración Federal de Ingresos Públicos IMPORTACIONES Resolución General 34/97 Actualízase la normativa por la que se reglamenta en
el ámbito aduanero las condiciones impuestas a la importación
de medicamentos. Bs.As., 13/10/97 B.O.: 17/10/97
VISTO la Resolución 2014/93 (A.N.A.) relativa a mercaderías
consideradas medicamentos sujetas a la intervención de
la Administración Nacional de Medicamentos. Alimentos y
Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) dependiente de la
Secretaría de Política de Salud y Regulación
Sanitaria
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición Nº 2723/97 de la Administración
Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Medica
(A.N.M.A.T.), se aprueba el Formulario Unico de autorización
para la importación de medicamentos. productos cosméticos
y de tocador, reactivos de diagnóstico de uso "in
vitro" y/o material descartable, aparatos y equipamiento
de uso médico y odontológico.
Que asimismo, por Disposición Nº 3547/97 el citado
Organismo comunica el nuevo facsímil de firmas de los funcionarios
habilitados a suscribir dichos certificados.
Que atento lo precedentemente expuesto corresponde actualizar
la normativa por la que se reglamenta en el ámbito aduanero
las condiciones impuestas a la importación de medicamentos.
Que han tomado la intervención que les compete la División
Clasificación Arancelaria, el Departamento Técnica
de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria y la Subdirección
General de Legal y Técnica Aduanera.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10
de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º-Aprobar el ANEXO II "A"
que reemplaza al ANEXO II de la Resolución 2014/93 (A.N.A.).
Art. 2º-Derogar el ANEXO II de la Resolución
Nº 2014/93 (A.N.A.).
Art. 3º-Aprobar el ANEXO III "C" que reemplaza
al ANEXO III "B" de la Resolución 2014/93 (A.N.A.).
Art. 4º-Derogar la Resolución 1289/95 (A.N.A.).
Art. 5º-Regístrese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y publíquese en el Boletín
de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia
a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos
y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.), a la Secretaría
de Hacienda, a la Secretaría Administrativa del MERCOSUR-
Sección Nacional -, a la Secretaría Administrativa
de la ALADI (R.O.U.) y a la Secretaría del Convenio de
Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales
de Aduanas de América Latina, España y Portugal
y archívese, previa publicación en el Boletín
Oficial.- Carlos A. Silvani.
ANEXO II "A"
Ministerio de Salud y Acción Social
Secretaría de Políticas de Salud
y Regulación Sanitaria
A.N.M.A.T.
Trámite Nº
AUTORIZACION PARA IMPORTACION DE MEDICAMENTOS, PRODUCTOS COSMETICOS
Y DE TOCADOR, REACTIVOS DE DIAGNOSTICO DE USO "IN VITRO"
Y/O MATERIAL DESCARTABLE, APARATOS Y EQUIPAMIENTO DE USO MEDICO
Y ODONTOLOGICO
(Disposición ANMAT Nº 2723/97)
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA
MEDICA Señor Director Nacional:
De mi mayor consideración:
En mi carácter de Director Técnico, solicito se
autorice la importación del producto que se describe a
continuación:
1) Firma importadora habilitada:....................................... .................................................. ..........
Teléfono: .................................................. .................................................. ..................................
2) Número de disposición habilitarte: .................................................. ..........................................
3) Nombre del Director Técnico: .................................................. ................................................
4) Nombre genérico del producto a importar: .................................................. ..............................
.................................................. .................................................. .................................................
5) Nombre comercial, modelo y/o clase según corresponda:...................................... .....................
.................................................. .................................................. .................................................
6) Número de Certificado o de Registro:......................................... ...............................................
Validez del Certificado: .................................................. .................................................. ............
7) Cantidad de unidades autorizadas y forma de presentación:
.................................................. .....
8) Número de lote o partida:.......................................... .................................................. ..............
9) Fabricante: .................................................. .................................................. ...........................
Dirección......................................... .................................................. ............................................
10) Procedencia de la mercadería: .................................................. ...............................................
11) Ubicación de la mercadería Deposito habilitado
(de corresponder): ..........................................
12) Documento de transporte o despacho de aduana: .................................................. ...................
13) Indicar si se trata de materia prima o repuestos: .................................................. ....................
- Indicar si se trata de muestras (en caso afirmativo indicar
destino): ..........................................
.................................................. .................................................. ..................................................
15) Indicar si se trata de mercadería nueva o usada: .................................................. .....................
Dejo constancia que la información procedente reviste el
carácter de Declaración Jurada.
FIRMA Y SELLO
DIRECTOR TECNICO
Trámite Nº
AUTORIZACION PARA LA IMPORTACION
SOLO PARA MEDICAMENTOS:
Autorización para la importación SIN DERECHO A USO*
..................................................
Firma y Sello INAME
* Solamente para retirar de los depósitos de la Administración
Nacional de Aduanas con destino al Depósito autorizado
del importador, para posteriormente proceder a la liberación
a plaza por parte del INAME.
SOLO PARA COSMETICOS:
Se certifico la formula cuali-cuantitativa declarada por el elaborador
del país de origen.
En lo que respecta a este Organismo. los productos consignados
precedentemente no presentan objeciones para su comercialización
y uso.
.................................................
Firma y Sello INAME
SOLO PARA REACTIVOS DE DIAGNOSTICO DE USO "IN VITRO":
En lo que respecta a este Organismo, los productos consignados
precedentemente no presentan objeciones para su comercialización
y uso.
...............................................
Firma y Sello INAME
SOLO PARA MATERIAL DESCARTABLE, APARATOS Y EQUIPAMIENTO DE USO
MEDICO Y ODONTOLOGICO:
En lo que respecta a este Organismo, los productos consignados
precedentemente no presentan objeciones para su importación
en la condición siguiente:
SIN DERECHO A COMERCIALIZACION Y USO* /CON DERECHO A COMERCIALIZACION
Y USO
(TACHAR LO QUE NO CORRESPONDA)
...............................................
Firma y Sello TECNOLOGIA MEDICA
* Solamente para retirar de los depósitos de la Administración
Nacional de Aduanas con destino al Depósito autorizado
del Importador, para posteriormente proceder a la liberación
a plaza por parte de TECNOLOGIA MEDICA.
LUGAR Y FECHA: Buenos Aires.
NOTA: El original del ANEXO II fue aprobado por Resolución
Nº 2014/93 (A.N.A.).
Esta es la primera modificación aprobada por Resolución
General Nº 34.
ANEXO III "C"
Dr. Carlos Chiale
Legajo Nº 106.756
DNI Nº 12.091.111
Dra. Patricia Aprea
Legajo Nº 95.672
DNI Nº 12.454.661
Dr. Jorge De Riz
Legajo Nº 106.475
DNI Nº 3.619.744
Ing. Carlos Parodi
Legajo Nº 106.759
LE Nº 4.540.101
Dra. Martha Raffo Palma
Legajo Nº 64.660
DNI Nº 9.996.036
Dr. Martín Seoane
Legajo Nº 68.986
DNI Nº 4.388.891
Dr. Rodolfo González Varela
Legajo Nº 106.474
LE Nº 5.420.988
NOTA: El original del ANEXO III fue aprobado por Resolución
Nº 2014/93 (A.N.A.).
La primera modificación fue aprobada por Resolución
Nº 1434/94 (A.N.A.).
La segunda modificación fue aprobada por Resolución
Nº 1289/95 (A.N.A.).
Esta es la tercera modificación aprobada por Resolución
General Nº 34.