Dirección General Impositiva
IMPUESTOS
Resolución General 3893/94
Impuestos Varios. Agentes de retención, percepción y pagos a cuenta. Régimen e información. Resolución General N° 3399 y sus modificaciones. Su modificación.
Bs. As., 24/10/94
VISTO la Resolución General N° 3399 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha norma se han establecido los requisitos, formas, plazos y condiciones que deberán cumplimentar quienes tengan obligación de informar, respecto de los diversos regímenes de retención y/o percepción, como asimismo de determinados pagos a cuenta previstos por las resoluciones generales dictadas por este Organismo.
Que con la finalidad de actualizar los datos comprendidos en el Anexo I de la resolución general del Visto, corresponde incluir en el mismo los regímenes de pago a cuenta, retención y percepción del impuesto al valor agregado, dispuestos por la Resolución General N° 3867, eliminando del mencionado Anexo el régimen establecido por la Resolución General N° 3298 y sus modificaciones.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1° — Modificase el Anexo I de la Resolución General N° 3399 y sus modificaciones, en la forma que se establece a continuación:
1. Elimínanse las expresiones "Operaciones de compra-venta de ganado, matanza y/o faenamiento"; "3298 y sus modificaciones"; "272".
2. Incorpórase la nómina de los regímenes que seguidamente se detallan con sus correspondientes códigos:
IMPUESTO |
CONCEPTO |
RESOLUCION GENERAL N° |
CODIGO |
I.V.A. |
— Régimen de Pago a cuenta. Ingreso establecido por el art. 12. |
3.867 |
649 |
|
— Régimen de Percepción (Art. 11) |
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|
- Faena de animales de terceros |
3.867 |
650 |
|
- Ventas de subproductos de la faena (especies ovina, equina y caprina) |
3.867 |
648 |
|
- Ventas de subproductos de la faena (especie porcina) |
3.867 |
652 |
|
- Ventas de subproductos de la faena (especie bovina) |
3.867 |
653 |
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— Régimen de Retención (Art. 6). |
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- Compra-venta de ganado. |
3.867 |
651 |
Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Cossio.