RESOLUCION Nº 103/92 BUENOS AIRES, 23 ENE 1992
VISTO el Expediente Nro. 51.377/90 del registro de la EX -SUBSECRETARIA
DE ENERGIA, y
CONSIDERANDO :
Que mediante las Resoluciones EX-SECRETARIA DE ENERGIA Nro. 164
del 12 de diciembre de l989 y 55 del 31 de enero de 1990 y Resolución
EX-MINISTERIO DE ECONOMIA Nro. 943 del 31 de agosto de 1990 se
estableció una tarifa eléctrica especial para entidades
de bien publico sin fines de lucro que sean usuarias de las empresas
AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO y SERVICIOS ELECTRICOS
DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, prorrogada por la Resolución
EX- MINISTERIO DE ECONOMIA Nº. 156 del 18 de marzo de 1991.
Que en el Artículo lº. de la mencionada Resolución
EX-MINISTERIO DE ECONOMIA Nro. 156 del 18 de marzo de 1991 se
señala que dicho régimen tendrá una vigencia
de UN (1) año. que mediante el Artículo lº.
del Decreto Nro. 1923 del 20 de setiembre de 1991 se prorroga
lo dispuesto en el Articulo lº. del Decreto Nro. 1930 del
19 de setiembre de 1990, en cuanto a suspender por el plazo de
UN (1) año las tarifas diferenciales que afecten directa
o indirectamente la ecuación economico-financiera de las
empresas de servicios públicos, y la vigencia de las normas
contenidas en el Decreto Nro. 824 del 21 de setiembre de 1989
referidas a excepciones a dicha suspensión general, que
dan marco legal a la presente Resolución.
Que persisten las condiciones económicas extraordinarias
que llevaron a exceptuar mediante el incisos c) del Articulo 2º
del mencionado Decreto Nro. 824 del 21 de setiembre de 1989 la
atención de las necesidades básicas insatisfechas
de la población, de la eliminación de subsidios.
Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS esta
facultado para el dictado de la presente norma, en virtud de los
dispuesto en el Articulo 60 del Decreto No. 435 del 4 de marzo
de 1990 y Articulo 20 del Inciso 14 de la Ley de Ministerios (T.0.1983)
modificada por la Ley No. 23.930
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS RESUELVE: ARTICULO lº.- Prorrogase por el termino de SEIS (6)
meses el régimen de tarifa eléctrica especial a
cobrar por el servicio prestado a las sedes de entidades de bien
publico sin fines de lucro, usuarias de las empresas AGUA Y ENERGIA
ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO y SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN
BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, que brinden asistencia social y
sanitaria directa a la población, establecida mediante
las Resoluciones EX-SECRETARIA DE ENERGIA Nos. 164 del 12 de diciembre
de 1989 y 55 del 31 de enero de 1990, Resolución EX-MINISTERIO
DE ECONOMIA Nro. 943 del 31 de agosto de 1990, y prorrogada por
Resolución EX-MINISTERIO DE ECONOMIA No. 156 del 18 de
marzo de 1991, con vigencia a partir de l7 de diciembre de 1991.
ARTICULO 2º.- Ratificase las condiciones de aplicación
establecidas en los Artículos 20. y 30. de la Resolución
EX-MINISTERIO DE ECONOMIA Nro. 156 del 18 de marzo de 1991 en
cuanto a las características del usuario beneficiado con
este régimen especial y condiciones de aplicación
de la misma.
ARTICULO 3º.- Notifiquese a las empresas AGUA Y ENERGIA
ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO y SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN
BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 4º. -Comuníquese, publíquese,
dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Domingo F. Cvallo.