MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL DE LA NACION
INCUCAI
Resolución N° 85/99
Bs. As., 18/3/99
VISTO
La competencia asignada a este INCUCAI en los artículos 7° y 44° de la Ley N° 24.193, Decreto Reglamentario Nº 512/95, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución INCUCAI N° 88/98 se aprobaron los nuevos formularios tipo destinados a la implementación del Registro de la Nómina de Pacientes en Diálisis.
Que resulta necesario generar un nuevo instrumento de información de adecuada calidad y sencillo cumplimiento.
Que es imprescindible también la incorporación de los recursos tecnológicos que la informática suministra con el objeto de simplificar la operatoria en vigencia.
Que se ha consultado para la creación del nuevo protocolo a la Sociedad Argentina de Nefrología, la que se ha expedido favorablemente en relación a los requisitos contenidos en e¡ mismo.
Que la Dirección Científico Técnica y el Departamento Jurídico han tomado la intervención que les compete.
Que ese tema ha sido considerado por el Honorable Directorio en su Sesión N° 10 del día 17 de marzo de 1999.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° –– Apruébase el nuevo formulario tipo, destinado al registro de la continuidad del paciente en tratamiento de diálisis, denominado "Continuidad de Práctica Dialítica" -CPD-, que se adjunta a la presente como Anexo I.
ARTICULO 2° –– La información requerida podrá ser remitida en el formulario que se aprueba en el artículo anterior o bien mediante la utilización del complemento del programa "DIALISIS/98", que será provisto por el INCUCAI. En este caso deberá remitirse el diskette correspondiente y los formularios completos generados por dicho programa.
ARTICULO 3° –– Los requerimientos de la información al 31 de diciembre de cada año indicados en el formulario que se aprueba en la presente norma, deberán ser remitidos a los Organismos específicos Jurisdiccionales, a los Organismos Regionales y al INCUCAI, antes del 31 de enero siguiente. Para el presente año se aceptará que se remitan antes del 30/4/99.
ARTICULO 4° –– Regístrese. Notifíquese a la Secretaría de Recursos y Programas de Salud, a la Dirección Científico Técnica, Dirección Médica, Departamento de Asuntos Jurídicos, a la Sociedad Argentina de Nefrología, a las Autoridades Provinciales y Organismos Jurisdiccionales. Dése a la Dirección Nacional de¡ Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. –– Dra. MARIA DEL CARMEN BACQUE, Presidenta INCUCAI. –– Dr. RUBEN AGUSTIN NIETO, Vicepresidente INCUCAI. –– Dr. RAFAEL GALINDEZ, Director INCUCAI –– Dr. A. RICARDO LA MURA, Director INCUCAI.
e. 24/3 Nº 21.306 v. 26/3/99