Uno de los elementos esenciales de la responsabilidad civil, es el daño. Pero una parte de la doctrina sostiene que puede existir un hecho ilicito sin daño. Algún ejemplo ??
Unanimidad de la doctrina moderna sostiene que el daño es el requisito y elemento indispensable sin el cual no puede haber responsabilidad civil. Ya Louis Josserand decia "Sin Daño nada de daños y perjuicios" , Tal es asi que hoy en dia la materia de derecho de la responsabilidad civil , es denominada modernamente "Derecho de Daños" como en la Universidad Nacional de Cordona y Cuyo y en los Posgrados de la UBA y muchas universidades mas.
Existen elementos que si no son indispensables como el hecho humano, Antijuridicidad o la culpabilidad (Factor subjetivo de atribución) ya que existen supuestos en el codigo como la responsabilidad civil de los animales o responsabilidad civil por hechos licitos y responsabilidad sin culpa , cuyo fundamento puede ser la equidad , la normal tolerancia , riesgo creado , obligacion de seguridad o tacita de garantia , abuso de derecho , entre otras.
Cualquier cosa escribime a mi mail soy ayudante de responsabilidad civil en la unlp!
La verdad no sabía eso de que parte de la doctrina entiende que puede haber responsabilidad civil sin haberse producido un daño grave. Me inclino más por la respuesta de ingresante.
Existen elementos que si no son indispensables como el hecho humano, Antijuridicidad o la culpabilidad (Factor subjetivo de atribución) ya que existen supuestos en el codigo como la responsabilidad civil de los animales o responsabilidad civil por hechos licitos y responsabilidad sin culpa , cuyo fundamento puede ser la equidad , la normal tolerancia , riesgo creado , obligacion de seguridad o tacita de garantia , abuso de derecho , entre otras.
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