hola tengo una consulta, se puede hacer cesion de derechos entre esposos, tengo el caso de una pareja que ella firmo la factura de la compra de un vehiculo y el firmo el 01. Entonces para solucionar el problema queria hacer una cesion de factura pero me surgio esta pregunta. Muchas gracias
La capacidad para ceder remite a la capacidad para comprar y vender, y el CC prohibe expresamente la compraventa entre esposos
(1358 y 1441 CC)
El fin de la prohibicion es evitar el fraude que podria realizarse a traves de la confusion patrimonial entre los consortes
"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"