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Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca






Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación


 

ADHESIONES OFICIALES

 

Resolución 357/99

 

Auspíciase la “71ª Exposición, Regional con
Daireaux y Henderson, de Agricultura, Ganadería, Granja, Industria, Comercio y
Colombófila Nacional”, organizada en la ciudad de Bolívar, provincia de Buenos
Aires.


 

Bs. As., 1/9/99

 

VISTO el expediente Nº 800-003674/99 del registro
de esta Secretaría, y


 

CONSIDERANDO:

 

Que la SOCIEDAD RURAL DE BOLIVAR, solicita el
Auspicio de esta Secretaría para la “71
a . EXPOSICION, REGIONAL
CON DAIREAUX Y HENDERSON, DE AGRICULTURA, GANADERIA, GRANJA, INDUSTRIA,
COMERCIO Y COLOMBOFILA NACIONAL” que se realizará en la Sociedad Rural de la
ciudad de Bolívar, Provincia de BUENOS AIRES, entre los días 4 y 13 de
setiembre de 1999.


 

Que los objetivos que se persiguen con la
realización de dicho evento se hallan estrechamente ligados a la acción que
lleva a cabo en la materia esta Secretaría.


 

Que debido a las directivas impartidas por el
Gobierno de la Nación en materia de contención del gasto público la presente
medida no implica costo fiscal alguno.


 

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la
intervención que le compete.


 

Que el suscripto es competente para resolver en
esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 1º,
inciso ll) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, modificado por su
similar Nº 2202 del 14 de diciembre de 1994.


 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION


RESUELVE:

 

Artículo 1º — Otorgar el Auspicio de esta
Secretaría para la “71a. EXPOSICION, REGIONAL CON DAIREAUX Y HENDERSON, DE
AGRICULTURA, GANADERIA, GRANJA, INDUSTRIA,*
COMERCIO Y COLOMBOFILA NACIONAL” que se realizará en la Sociedad Rural
de la ciudad de Bolívar, Provincia de BUENOS AIRES, entre los días 4 y 13 de
setiembre de 1999.


 

Art. 2º — La medida dispuesta por el
artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno.


 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.
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