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Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca




Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

TABACO

Resolución 617/2004

Extiéndense los alcances y requisitos de la Resolución Nº 242/2001 de la ex Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se creó el Registro de Exportadores de Tabaco, para aquellas empresas interesadas en exportar a los Estados Unidos de América durante determinados períodos.

Bs. As., 6/7/2004

VISTO el Expediente N° S01:0099745/2004 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto N° 2284 del 31 de octubre de 1991, modificado por su similar N° 2488 del 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley N° 24.307, el Decreto N° 2266 del 29 de octubre de 1991, modificado por su similar N° 1172 del 10 de julio de 1992, la Resolución N° 259 del 30 de octubre de 1995, de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, modificada por las Resoluciones Nros. 59 del 15 de febrero de 1996, 170 del 24 de marzo de 1997 ambas de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y 242 del 20 de junio de 2001, de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA; el Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY de las negociaciones de acceso a los mercados sobre agricultura entre los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y la REPUBLICA ARGENTINA, firmado en la Ciudad de Ginebra el 9 de agosto de 1995 dentro del marco del ACUERDO GENERAL SOBRE TARIFAS Y COMERCIO (GATT), y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY, los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA asignó a la REPUBLICA ARGENTINA un cupo tarifario anual de tabaco de DIEZ MIL SETECIENTAS CINCUENTA TONELADAS (10.750 t.)

Que por medio de la Resolución N° 242 del 20 de junio de 2001 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA se creó el Registro de Exportadores de Tabaco para aquellas empresas que deseen acceder a dicho cupo, comprendiendo a distintos períodos.

Que el Artículo 1° de la norma mencionada en el considerando anterior establece que la misma abarca el período vigente al momento de su dictado, y los períodos comprendidos desde el 13 de septiembre de 2001 al 12 de septiembre de 2002, y desde el 13 de septiembre de 2002 al 12 de septiembre de 2003.

Que resulta prioritario asegurar el acceso de mercadería de origen argentino a la cuota descripta, con las condiciones de calidad requeridas.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida por el Decreto N° 2286 del 31 de octubre de 1991 modificado por su similar N° 2488 del 26 de noviembre de 1991, ratificado por la Ley N° 24.307 y el Decreto N° 25 del 27 de mayo del 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:

Artículo 1° — Extiéndanse los alcances y requisitos de la Resolución N° 242 del 20 de junio de 2001 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, que crea el Registro de Exportadores de Tabaco para aquellas empresas interesadas en la exportación de tabaco a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para los períodos comprendidos entre el 13 de septiembre de 2003 y el 12 de septiembre de 2004, y entre el 13 de septiembre de 2004 y el 12 de septiembre de 2005.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel S. Campos.

Administracionius UNLP

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