Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación
SANIDAD ANIMAL
Resolución 555/99
Apruébase el Plan Sanitario Apícola Regional de la
provincia de Mendoza.
Bs. As., 8/10/99
VISTO el expediente Nº 11621/98 del registro del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, a través de la Dirección de Sanidad, manifiesta la necesidad
de implementar un Plan Sanitario Apícola Regional de la Provincia de MENDOZA.
Que la REPUBLICA ARGENTINA es el primer país
exportador mundial de mieles, y el tercer productor exportando el NOVENTA POR
CIENTO (90%) de la producción nacional.
Que existen enfermedades que afectan a la
producción apícola del país, provocando importantes pérdidas en el número de
colmenas, disminución en su eficiencia productiva y la alteración de la calidad
higiénico-sanitaria de la miel.
Que las enfermedades conocidas como Loque Americana
y Varroasis son motivo de gran preocupación debido a las mortandades que
producen en los colmenares y por la presencia de residuos en la miel y demás
productos de la colmena por los quimioterápicos que se emplean para su control.
Que la Loque Americana fue incorporada por la
Resolución Nº 383 de fecha 16 de agosto de 1990 del registro de la
ex-SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, al Reglamento General de
Policía Sanitaria de los Animales, aprobado por Ley Nº 3959, y por tanto es
responsabilidad del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ejercer
y coordinar las medidas tendientes a su control y/o erradicación.
Que las exigencias sanitarias para el intercambio
regional en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), de miel y productos
requieren atender y controlar las enfermedades de la colmena a fin de poder
certificar su calidad higiénico-sanitaria.
Que la actividad apícola de la Provincia de MENDOZA
se centra en la polinización de frutales y leguminosas, producción de polen y
de núcleos, cría de abejas reinas y producción de miel de alta calidad que
pueden verse afectados por las mencionadas noxas.
Que la Comisión Provincial de Sanidad Animal
(COPROSA) y el Consejo Asesor Apícola Provincial (CAAP) analizaron y
procedieron a aprobar el Plan Sanitario Apícola Regional de la Provincia de MENDOZA.
Que el Consejo de Administración del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ha tomado la intervención que le
compete de conformidad con lo establecido en el artículo 8º, inciso e) del
Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, aprobando el acto a dictarse.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha emitido opinión legal al
respecto, no encontrando reparos de orden legal que formular.
Que el suscripto es competente para dictar el
presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1450 de
fecha 12 de diciembre de 1996, en función de lo establecido en el artículo 8º,
inciso e) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el Plan Sanitario
Apícola Regional de la Provincia de MENDOZA, que como Anexos I, II y III forman
parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º — Decláranse comprendidas en el
Plan Sanitario Apícola Regional de la Provincia de MENDOZA, las explotaciones
apícolas ubicadas dentro de la Provincia de MENDOZA.
Art. 3º — Las explotaciones apícolas
(apiarios) ubicadas dentro de la Provincia mencionada en el artículo 2º de la
presente resolución, se inscribirán en el Plan el cual en su primera etapa será
de carácter voluntario. A partir del momento de la inscripción, deberán
ajustarse a las Normas Técnicas especificadas y descriptas en el Anexo I de la
presente resolución.
Art. 4º — Los apiarios o colmenares
ubicados en zonas linderas a las consignadas en el Anexo III, que forma parte
integrante de la presente resolución, que por razones de índole comercial o de
manejo de la producción, se encuentren ligados a la actividad apícola de las
mismas y voluntariamente deseen incorporarse al Plan, podrán hacerlo
presentando una solicitud de inscripción a la Coordinación del mismo.
Art. 5º — El control y la coordinación
de las acciones que se derivan del presente Plan, estarán a cargo de la
Comisión Regional de Sanidad Apícola, constituida por representantes del sector
privado y oficial de competencia en el área y en la zona y cuya coordinación
estará a cargo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a través
de la Dirección Nacional de Sanidad Animal (Coordinación General de
Enfermedades de los Porcinos, Equinos, Aves, Abejas y Animales de Granja).
Art. 6º — Los profesionales, técnicos y
laboratorios del sector privado podrán participar de la ejecución de las
actividades inherentes al presente Plan, siempre que las mismas sean
supervisadas por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Art. 7º — El presente Plan entrará en
vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.
ANEXO I
PLAN SANITARIO APICOLA REGIONAL
PROVINCIA DE MENDOZA
1. IMPORTANCIA ECONOMICA
CARACTERISTICAS DE LA PRODUCCION APICOLA EN LA
REPUBLICA ARGENTINA.
La REPUBLICA ARGENTINA es el primer exportador
mundial de miel con envíos de SESENTA Y CINCO MIL (65.000) toneladas anuales,
por un valor de CIEN MILLONES DE PESOS ($ 100.000.000.-).
Este sector se destaca entre las demás actividades
agropecuarias por ser una de las de mayor tasa de crecimiento, que ha duplicado
su producción desde la década del ’70 hasta la fecha, ubicándose en el cuarto
lugar entre las exportaciones de origen animal.
La producción de miel que asciende a SETENTA Y
CINCO MIL (75.000) toneladas anuales coloca a la REPUBLICA ARGENTINA entre los
primeros productores mundiales.
Nuestros principales clientes son: ALEMANIA,
ITALIA, ESPAÑA, JAPON y los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA donde se exporta el
OCHENTA POR CIENTO (80%) del total de la producción. Estos países poseen
mercados de gran poder adquisitivo con demandas de alimentos de alta calidad
producidos en condiciones ecológicas naturales.
Además de la miel, existe una serie de productos
que se utilizan en el campo de la industria química, farmacéutica y cosmética
como: ceras, polen, propóleos y venenos.
Otra actividad económica de importancia relacionada
con la capacidad polinizadora de la abeja, es su utilización en la producción
de frutas y semillas. Entre los cultivos que demandan colonias para incrementar
los rendimientos se destacan el almendro, ciruelos de la mayoría de las
variedades, cerezos, manzanos, perales, cebolla, alfalfa, girasol, poroto tipo
pallar, zapallos, etc.
2. ENFERMEDADES QUE AFECTAN A LA APICULTURA:
2.1. LOQUE AMERICANA:
La enfermedad Loque Americana fue introducida en la
REPUBLICA ARGENTINA hacia el año 1988, presumiblemente a través de una
importación masiva de reinas, provenientes de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
En otoño de 1989 se la detectó en un colmenar en la
ciudad de Tandil, Provincia de BUENOS AIRES que sufrió una mortandad de
OCHOCIENTAS (800) colonias sobre un total de MIL QUINIENTAS (1500). Se la
considera como la enfermedad de origen bacteriano más grave y peligrosa de las que
afectan a la abeja melífera.
En la actualidad se la encuentra en los colmenares
de casi todo el país y en algunas zonas ha adquirido características epidémicas
provocando cuantiosas pérdidas. El agente etiológico de esta enfermedad es una
bacteria llamada Paenibacillus larvae que tiene la capacidad de formar esporas
muy resistentes que soportan el efecto de la acción de temperaturas superiores
a los CIEN GRADOS CENTIGRADOS (100°C), de agentes químicos enérgicos (ácidos e
hidróxidos), de rayos ultravioletas, pudiendo permanecer viables por más de
TREINTA Y CINCO (35) años.
Las consecuencias para la apicultura son graves por
la alta mortandad de colmenas y pérdidas de equipamiento que debe ser destruido
para evitar la propagación de la infección. Además, la presencia de esporas
viables en la miel altera las condiciones sanitarias para su comercialización
lo que crea inconvenientes en la exportación de mieles envasadas y a granel a
la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.
La transmisión de la enfermedad se realiza
principalmente a través de materiales y productos apícolas contaminados
(cuadros, alzas, pisos, techos, ceras, miel y polen).
Los métodos químicos de control convencionales se
efectúan por medio de antibióticos que en muchos casos, cuando la enfermedad es
incipiente, resultan eficaces.
Además estos productos presentan el inconveniente
de permanecer como residuos, afectando la calidad sanitaria de la miel y polen.
Entre los métodos físicos de profilaxis se
utilizan, la incineración y flameado de materiales, la parafinación y la
irradiación con rayos gamma.
En la Provincia de MENDOZA no se la ha detectado
oficialmente hasta el 10 de diciembre de 1995.
2.2. OTRAS ENFERMEDADES APICOLAS DE IMPORTANCIA.
2.2.1. VARROASIS.
Esta enfermedad fue introducida en el país en el
año 1976, provocando desde entonces importantes pérdidas de colmenas y mermas
en la producción.
El agente etiológico es un ácaro llamado Varroa
jacobsoni (Oudemans), que afecta los estados adulto y larval.
En la actualidad se encuentra distribuida en todo
el Territorio Nacional, con zonas de diferente prevalencia.
Se lo combate mediante tratamientos químicos,
siendo los más utilizados, los piretroides en dispositivos de fabricación
artesanal. Se ha detectado la aparición de poblaciones de ácaros resistentes a
los fluvalinatos y muchos productores manifiestan mortalidades importantes en
colmenas tratadas de esta manera. También existen riesgos de contaminación de
mieles y ceras, debido al uso indebido del producto.
2.2.2. NOSEMIASIS.
Esta enfermedad que se propaga por esporas, se
conoce prácticamente en todos los colmenares del país.
El agente etiológico es un protozoario llamado
Nosema apis (Zender), que afecta a la abeja adulta.
Cuando las infecciones son severas pueden producir
importantes mermas de la producción de miel y en algunos casos, en combinación
con condiciones climáticas adversas, provoca la despoblación acelerada de las
colmenas.
Se controla mediante la profilaxis del material
contaminado y con la aplicación de antibióticos en primavera.
2.2.3. LOQUE EUROPEA.
Fue detectada en el país en la década del ’60, se
la considera como una enfermedad endémica de aparición estacional en primavera
y otoño.
El agente etiológico es una bacteria llamada
Melissococcus pluton.
En infecciones severas se produce un debilitamiento
de las colonias, pudiendo en algunos casos conducir a la orfandad de las
mismas.
Se trata por medio de profilaxis del material y el
uso de antibióticos.
2.2.4. CRIA YESIFICADA.
Se la observó en el país por primera vez en el año
1978, con características de enfermedad benigna y de fácil control. Es
producida por un hongo llamado Ascophaera apis, afecta la etapa larval.
En la actualidad se la encuentra ampliamente
distribuida en la mayoría de los colmenares, habiéndose reportado casos de
ataques severos que afectan principalmente a los núcleos. En colmenas muy
infectadas se produce orfandad.
No existen tratamientos químicos efectivos, siendo
lo más recomendado, el uso de materiales descontaminados y la eliminación del
infectado.
Algunos técnicos sostienen que el empleo del
fluvalinato mediante la tablita, favorece la aparición de la enfermedad.
3. ENFERMEDADES PRODUCIDAS POR VIRUS.
Enfermedades como el virus de la parálisis aguda se
encuentran relacionados a la presencia de varroa. Existen reportes de algunos
casos en las Provincias de BUENOS AIRES y LA RIOJA.
3.1. SACBROOD.
Presenta una baja incidencia, son muy raras las
pérdidas de colonias debido a esta enfermedad.
Está relacionada a la presencia de varroa.
Su tratamiento consiste en eliminar los cuadros
afectados.
3.2. CARACTERIZACION DE LA ZONA.
Al tomar conciencia del enorme daño que la
aparición de Loque Americana podría ocasionar a toda la apicultura de la
provincia, la Dirección de Ganadería del Gobierno de la Provincia de MENDOZA, y
el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA con el apoyo de la
Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA), se proponen implementar un
Plan Sanitario Apícola Provincial, tomando como base el instalado en el
noroeste banaerense, de la Provincia de CORDOBA y norte de la Provincia de LA
PAMPA.
La actividad apícola de la Provincia de MENDOZA se
centra en la prestación de servicios de polinización, la producción de polen,
la cría de abejas reinas y formación de núcleos con el propósito de abastecer a
otras provincias del país. La producción de miel es muy importante y existen
muchas posibilidades de certificar por origen.
3.3. CARACTERISTICAS DE LA PRODUCCION EN LA ZONA.
Se estima que en la Provincia de MENDOZA, se
encuentran unas VEINTICINCO MIL (25.000) colmenas manejadas por apicultores que
tienen una ocupación principal que no es la actividad apícola. La idoneidad
para el manejo de las colonias más que un título, se las ha otorgado años de
experiencia en el tema, muchos de ellos o sus hijos son técnicos apícolas o
peritos y/o bachilleres de alguna modalidad agropecuaria. Muy pocos tienen
títulos universitarios.
Los rindes promedio de miel para toda la provincia
no superan los QUINCE KILOGRAMOS (15 kg.). Considerando el total de las
colmenas del apiario. La prestación de servicios de polinización y la
recolección de polen, constituyen una fuente importante de los ingresos de las
empresas más sólidas.
Se están especializando varias empresas en la
producción de abejas reinas y de núcleos que tienen como clientes a apicultores
de otras provincias.
Los apicultores de avanzada, se encuentran
trabajando junto a reparticiones oficiales y privadas de la provincia, en la
obtención de mieles certificadas por origen geográfico y vegetal como
consecuencia de las promisorias perspectivas que tiene en el plano
internacional.
3.4. ASPECTOS CLIMATICOS, GEOGRAFICOS Y DE FLORA.
La Provincia de MENDOZA presenta áreas de llanura
en su sector este, y formaciones precordilleranas y de alta montaña al oeste.
La superficie cultivada es cercana al CINCO POR CIENTO (5%) del total.
En la zona de campo natural se destacan por su
importancia apícola, especies de la familia de las leguminosas como los
Prosopis y Geofrea. Estas especies tienen la particularidad de vegetar en
grupos formando islotes por lo que la importancia es doble ya que pueden
obtenerse mieles monoflorales y/o certificadas por origen geográfico.
En sectores con freática alta y/o fluctuante
predominan especies del género Tessaria sp., Baccharis sp. y Tamarix sp., con
las mismas particularidades mencionadas para las formaciones arbustivas.
En el área cultivada interesan los frutales como
los almendros, ciruelos, manzanos y perales. La superficie implantada con estos
cultivos asciende a más de VEINTE MIL HECTAREAS (20.000 has). Los cultivos
anuales y de pradera son de continua evolución, pero es de destacar el
sostenido crecimiento que en los últimos años ha tenido el cultivo de girasol
para la obtención de semilla híbrida, la alfalfa, el zapallo tipo coreanito,
melones y el poroto tipo pallar. La superficie cultivada con estas especies en
1994 y 1995 fue de CINCO MIL HECTAREAS (5.000 has.).
El clima es desértico con temperaturas máximas
promedio de TREINTA Y NUEVE GRADOS CENTIGRADOS (39°C) en verano y mínimas
promedios de SIETE GRDOS CENTIGRADOS (7°C) en invierno, aunque en algunas zonas
es común que se registren temperaturas inferiores a MENOS DOCE GRADOS
CENTIGRADOS (12°C) bajo cero. Las lluvias se producen predominantemente en los
meses de noviembre y diciembre con un promedio de CIENTO OCHENTA MILIMETROS
(180 mm.) anuales.
3.5. ASPECTO SANITARIO DE LA APICULTURA EN LA
REGION.
La Varroasis es la enfermedad más difundida, siendo
la causante de la mayor parte de las pérdidas y debilitamiento de colmenas.
Antes de la aparición de este ácaro, la mayor parte
de las colonias de abejas melífera de la provincia, habitaban colmenas rústicas
o fijistas, este patógeno logró disminuir sensiblemente este tipo de colonias
improductivas.
En cuanto al tratamiento de este flagelo, la
Provincia de MENDOZA no escapa a lo que ocurre en el resto del país y es la
difusión de tratamientos con el uso de la tablita y/o la utilización del
fluvalinato aplicado en forma indebida.
La mala praxis de la quimioterpia produce la
contaminación de la miel, la cera, el polen, los propóleos y la aparición de
poblaciones de ácaros resistentes a esta droga.
Las empresas más sólidas y con mayor soporte
técnico prefieren la aplicación de tiras de liberación lenta con rotación de
productos aplicando amitraz gasificado.
La Loque Europea es una enfermedad endémica en todo
el país, suele aparecer asociada a situaciones de “stress” de la colmena como
períodos de sequía, traslados, polinización de cultivos, épocas de rápido
incremento poblacional, etc. Se trata con antibióticos, que suelen aplicarse en
forma masiva e indiscriminada, produciendo efectos indeseables como la
contaminación de miel y polen y la aparición de enfermedades secundarias, por
ejemplo cría yesificada.
Otro problema sanitario lo constituye la existencia
de focos de Cría Yesificada con años de mayor y menor prevalencia, siendo los
brotes más virulentos en núcleos y colmenas débiles.
Se supone que existen otras enfermedades como
Acariosis y Nosemiasis que no han sido confirmadas por análisis de laboratorio.
Aunque la Loque Americana no ha sido detectada
hasta el momento, su presencia en el país ha generado gran preocupación entre
los apicultores de la provincia ya que por el intenso movimiento de colonias
que se produce en el momento de la floración de frutales es muy posible su
aparición en poco tiempo si no se toman los recaudos pertinentes con el
consiguiente perjuicio económico que esto acarrearía.
4. OBJETIVO GENERAL.
4.1. Mantener la provincia libre de Loque
Americana.
4.2. Mejorar las condiciones sanitarias de la
producción apícola de la región, elevando los niveles de calidad de los
productos y subproductos apícolas, garantizando la permanencia de los mismos en
el mercado internacional y en el interno.
5. OBJETIVOS ESPECIFICOS.
5.1. Actualizar el registro de Productores apícolas
de la región.
5.2. Monitorear la provincia a los efectos de
detectar la aparición de Loque Americana.
5.3. Implementar una barrera sanitaria provincial.
5.4. Establecer la importancia relativa de otras
enfermedades apícolas que afectan a la producción en la zona.
— Varroasis.
— Nosemiasis.
— Loque Europea.
— Cría Yesificada.
5.5. Integrar al productor apícola al Plan
Sanitario, promoviendo un cambio de actitud frente a las enfermedades de su
apiario y contribuyendo a desarrollar una conciencia sanitaria colectiva.
5.6. Desarrollar tareas de extensión que permitan
poner al alcance del productor, las técnicas y normas de manejo y control
sanitario de las enfermedades de las abejas.
5.7. Promover la participación activa de todos los
actores sociales de la actividad apícola, productores, técnicos extensionistas,
investigadores, comunicadores, docentes y comercializadores del sector privado
y oficial.
5.8. Implementación de cursos destinados a la
capacitación y formación de personal técnico especializado para la inspección
sanitaria de colmenas.
5.9. Desarrollar tareas que permitan la recaudación
de fondos, destinados a la implementación y mejor desarrollo del Plan.
6. ESTRUCTURA.
COMISION REGIONAL DE SANIDAD APICOLA.
El Plan Regional de Sanidad Apícola será canalizado
a través del Consejo Asesor Apícola y de la Comisión Provincial de Sanidad
Animal (COPROSA), conformando una estructura participativa llamada Comisión
Regional de Sanidad Apícola, en la que estarán representados, el sector
productor privado, que será coordinada por la Dirección de Ganadería y el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
La Comisión estará constituida por productores
representando a cada uno de los departamentos que tengan actividad apícola. En
esos departamento se formarán Comisiones de Sanidad Apícola Departamental y de
las mismas serán elegidos un representante y un suplente para integrar la
Comisión Regional de Sanidad Apícola.
Funciones de la Comisión Regional de Sanidad
Apícola:
·
times new roman"">
Coordinar, fiscalizar y evaluar la marcha de las
diferentes etapas del plan, redefinir los objetivos del mismo y participar en
la elaboración de nuevas propuestas.
·
times new roman"">
*Crear una
Subcomisión Técnica que asesorará y evaluará los aspectos técnicos del Plan.
·
times new roman"">
Crear una Subcomisión de Extensión, Difusión y
Capacitación, que tendrá como funciones:
1. Organizar conferencias, cursos y jornadas, para
productores y técnicos inspectores.
2. Buscar a través de los medios de comunicación
masiva locales, llegar al productor apícola con las propuestas esenciales del
Plan, cumpliendo así con tareas de educación sanitaria, que además despierten
el interés por la participación y el esfuerzo mancomunado del sector.
7. ACTIVIDADES.
7.1. Actualizar el Registro de Productores Apícolas
de la Región: Esta actividad estará a cargo de los Municipios que se encuentran
bajo convenio con la Dirección de Ganadería, las que centralizarán la
información en archivos codificados. Simultáneamente con el Registro, se
efectuará una encuesta sanitaria al productor, a través de la cual se recabarán
los datos que permitirán establecer un primer perfil de la situación sanitaria
y las condiciones de producción de la zona.
7.2. Conjuntamente con el Registro mencionado en el
punto 7.1, se entregará al productor una Planilla de Inscripción al presente
Plan, de acuerdo al modelo que se adjunta en el Anexo II.
Dicha solicitud de inscripción contendrá en forma
expresa la voluntad del productor de atenerse a las normas que establece el
Plan. Una vez concluido el trámite de inscripción, se entregará al apicultor un
Certificado de inscripción al Plan.
7.3. Creación de un equipo de inspectores
dependiente de la Subcomisión Técnica, que deberá estar constituido por
profesionales, técnicos y peritos especializados en la materia que serán
autorizados y reconocidos por el Consejo Asesor Apícola para la actividad de
diagnóstico y asesoramiento a campo del apicultor y control de las colmenas
ingresadas a la provincia. A cada uno de dichos inspectores se le asignará una
zona dentro de la región, para la cual será el responsable técnico de la misma.
Se aprovecharán las delegaciones que posee la Dirección de Ganadería de la
Provincia de MENDOZA.
7.4. Organizar el dictado de cursos de capacitación
técnica, para el adiestramiento de productores, técnico apícolas y
laboratoristas, promoviendo la participación de las Universidades, INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), Escuelas Técnicas u otras
instituciones para esta actividad.
7.5. Confeccionar un mapa sanitario de la región,
por medio de un muestreo que definirá la Subcomisión Técnica.
7.6. La Comisión Técnica evaluará en base a CIENTO
OCHO (108) resultados de los protocolos de análisis expuestos en el punto 7.5.
las acciones a seguir, priorizando el control de Loque Americana frente a otras
enfermedades.
Estas acciones incluirán:
7.6.1. Elaboración de un instructivo para el
productor con las medidas terapéuticas de control de enfermedades, de acuerdo a
lo establecido en las normas técnicas del Plan.
7.6.2. Reunir a los productores en cuyos apiarios
se haya detectado la presencia de enfermedades a fin de esclarecer los
conceptos técnicos y las normativas a seguir.
7.6.3. Establecer de común acuerdo con el
productor, los plazos para la implementación de las medidas terapéuticas
establecidas en las normas técnicas.
7.7. Fiscalizar el cumplimiento de las medidas de
acción que surgen de la aplicación del Plan, a través del seguimiento realizado
en los colmenares por los inspectores de zona.
7.8. Evaluar de acuerdo a la información recabada a
través de los laboratorios de referencia, de los inspectores y de los mismos
productores, el desarrollo y evolución del Plan sacando conclusiones que
permitan corregir y reprogramar las actividades y/o las normas técnicas puestas
en práctica.
7.9. Certificar como libre de sintomatología
clínica de Loque Americana en aquellos colmenares que al haber sido
inspeccionados por el personal técnico autorizado por el Plan, no presentan
síntomas de la enfermedad.
— Modelo de Certificado de Inscripción.
— Modelo de Planilla de Inscripción.
— Modelo de Planilla de
Encuesta.
ANEXO II
PLAN SANITARIO APICOLA PROVINCIAL
ENCUESTA PARA EL APICULTOR
1.- Número de inscripción: …………………………………………………………
2.- Número de colmenas: ……………………………………………………………
3.- Ubicación de los colmenares:
……………………………………………………
4.- ¿Cuál es el principal problema que enfrenta el
productor?
— Precios.
— Rindes.
— Sanidad.
— Costos fijos.
— Otros.
5.- ¿Qué porcentaje de pérdidas de colmenas tuvo
usted en la última temporada? …………………………………………………………………………………………
6.- ¿Cuál es el problema sanitario que considera
más importante?
— Varroasis.
— Loque Europea.
— Loque Americana.
— Cría yesificada.
— Nosemosis.
— Otros.
7.- ¿Realiza tratamientos contra alguna enfermedad?
Varroasis: ……………………………………..…………………
Loque Europea: ………………………………….………………
Loque Americana: ………………………………..………………
Cría yesificada: ………………………………...…………………
Nosemosis: ………………………………………………………
Otros: ……………………………………………………………
8.- ¿Qué tipo de producción realiza?
— Miel.
— Polinización.
— Jalea.
— Núcleos.
— Reinas.
— Polen.
— Otros.
9.- ¿Cuál fue el promedio de su cosecha en los
últimos años?
— 199 : ………………………………………………………………
— 199 : ………………………………………………………………
— 199 : ………………………………………………………………
10.- ¿Cuál perspectivas observa para el sector?
— Buena.
— Regular.
— Mala.
11.- Observaciones o comentarios que quiera
realizar referente al Plan Sanitario Regional.
…………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………………… ……
ANEXO III
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
PLAN REGIONAL DE SANIDAD APICOLA
Planilla de Inscripción de Productores Apícolas.
Lugar y Fecha: ……………………………………………………………………
Nombre y Apellido del Productor:
…………………………………………………
Dirección Postal: ………………………………………………………...…………
Localidad: ..……………………………………………………………...…………
Partido o Departamento: ……………………………………………………………
Provincia:……………………………………………………………………………
Tel./Fax.:………………………………………………………………….…………
Nombre del Establecimiento: ……………………………………………...…………
Número de RENSPA: ………………………………………………………………
Número de Registro de Marca: …………………………………………...…………
Número de Colmenas: ………………………………………………………………
Galpones:……………………………………………………………………………
Ubicación/Otras instalaciones: …………………………………………….…………
Otros datos de interés: …………………………………………………….…………
Técnico a cargo: ……………………………………………………………..………
Título:…………………………………………………………………………...……
Teléfono:…………………………………………………………………………..…
Dirección: …………………………………………………………………………....
Manifiesto mi voluntad de adscribirme a partir de
la fecha al Plan Regional de Sanidad Apícola.
Resolución de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION Nº
…………………………………*********** ……………………………………………
Firma Apicultor ********
>*********** *********** Firma
Responsable del Plan
………………………………… ******
>*********** ……………………………………
>Aclaración
****************** *********************** *********** Aclaración
lang=ES-TRAD >