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FORESTACION
Resolución 613/2004
Adhesión de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, en carácter de "Miembro Promotor" a la renovación del Convenio de Creación del Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico (CIEFAP), suscripta con determinadas provincias, instituciones y organismos oficiales.
Bs. As., 6/7/2004
VISTO el Expediente Nº S01:0106212/2004 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la renovación del CONVENIO DE CREACION DEL CENTRO DE INVESTIGACION Y EXTENSION FORESTAL ANDINO PATAGONICO (CIEFAP) suscripta el día 15 de marzo de 1999 en la ciudad de Esquel, Provincia del CHUBUT, y la invitación formal del Presidente de dicho centro para que la mencionada Secretaría se integre como miembro promotor a la mesa de conducción, y
CONSIDERANDO:
Que el CONVENIO DE CREACION DEL CENTRO DE INVESTIGACION Y EXTENSION FORESTAL ANDINO PATAGONICO (CIEFAP) se suscribió entre las Provincias del CHUBUT, del NEUQUEN, de RIO NEGRO, de SANTA CRUZ de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA "SAN JUAN BOSCO", la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE, la ex - SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, la ex - SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LA NACION, la COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA PATAGONIA, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA AUSTRAL.
Que el objeto de dicho acuerdo fue la renovación del CONVENIO DE CREACION DEL CENTRO DE INVESTIGACION Y EXTENSION FORESTAL ANDINO PATAGONICO (CIEFAP), para obtener el mejoramiento de los recursos forestales y su aprovechamiento sustentable, procurando incrementar la producción maderera, la protección y conservación del ambiente y el turismo en la región bajo el concepto "Uso Múltiple".
Que asimismo se fijaron objetivos particulares para el cumplimiento del fin mencionado precedentemente.
Que asimismo se establecieron las categorías de "Miembros Promotores" y "Miembros Adherentes" del citado Convenio, siendo los primeros aquellas entidades que realizan aportes dinerarios, teniendo derecho a voz y voto y los segundos quienes no están obligados a ello.
Que por otra parte se estipuló, como forma de gobierno del CENTRO DE INVESTIGACION FORESTAL ANDINO PATAGONICO (CIEFAP), la creación de un CONSEJO DIRECTIVO, conformado por UN (1) representante de cada miembro promotor con voz y voto y UN (1) representante de cada miembro adherente con voz pero sin voto, pudiendo cada miembro designar UNO (1) o DOS (2) representantes alternos que sustituirán al titular en caso de ser necesario.
Que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sin perjuicio de no haber suscripto el mencionado Convenio, se encuentra desde el comienzo participando activamente en el cumplimiento de los objetivos y en la ejecución del mismo.
Que por lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario formalizar e instrumentar tal situación, ya que es de vital importancia la participación en actividades de esta naturaleza.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de lo establecido en el Artículo 23 de la Ley Nº 25.080 y en el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Adhiérese, en carácter de "Miembro Promotor", a la renovación del CONVENIO DE CREACION DEL CENTRO DE INVESTIGACION Y EXTENSION FORESTAL ANDINO PATAGONICO (CIEFAP) suscripta el día 15 de marzo de 1999, entre las Provincias del CHUBUT, del NEUQUEN, de RIO NEGRO, de SANTA CRUZ, de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA "SAN JUAN BOSCO", la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE, la ex - SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, la COMISION NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA PATAGONIA, la ex - SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LA NACION, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA AUSTRAL.
Art. 2º — Desígnanse al Doctor D. Javier María de URQUIZA (M.I. Nº 7.851.190) como representante titular de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en su carácter de organismo "Miembro Promotor" del CONVENIO DE CREACION DEL CENTRO DE INVESTIGACION Y EXTENSION FORESTAL ANDINO PATAGONICO (CIEFAP), para integrar el CONSEJO DIRECTIVO establecido en dicho instrumento, y al Ingeniero D. Carlos Miguel MILICEVIC (M.I. Nº 17.794.829) como representante suplente.
Art. 3º — Déjase constancia que los aportes dinerarios que realice la citada Secretaría en su carácter de "Miembro Promotor" quedarán sujetos a su disponibilidad presupuestaria.
Art. 4º — Regístrese, comuníquese y archívese. — Miguel S. Campos.