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PREMIOS
Resolución 18/2003
Bs. As., 13/2/2003
VISTO el Expediente Nº 0021/03 del Registro de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA (SECTIP), y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente mencionado en el Visto tramita la creación de los "Premios SECyT al Empresario Innovador - 2003", con la finalidad de fomentar la innovación y la competitividad; y alentar la gestión tecnológica que permita lograr un progreso empresario sostenible, lo cual constituye una de las misiones de esta Secretaría.
Que el objetivo primordial de dicha distinción es el reconocimiento de las contribuciones de las empresas que desarrollen nuevos productos o servicios, o mejoras sustantivas a los ya existentes, nuevos procesos o sistemas productivos, o mejoras sustantivas a los ya existentes, nuevos procesos o sistemas productivos, o mejoras sustantivas a los ya existentes, tecnologías nuevas o mejoras de administración, gestión, información, protección al ambiente, o para incrementar la seguridad e higiene industriales, como también la inversión en investigaciones que fomenten el desarrollo tecnológico de la empresa.
Que se otorgarán VEINTICUATRO (24) distinciones a empresarios innovadores en pequeñas y medianas empresas, una por cada una de las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la propuesta consiste en la entrega, por parte del Señor Presidente de la Nación, de una medalla y un diploma a los funcionarios de más alto rango de las organizaciones que resulten beneficiarias.
Que asimismo, se procederá a la entrega de una placa en reconocimiento al esfuerzo de los trabajadores, la que será recibida por un representante de éstos perteneciente a la organización de nivel operativo.
Que podrán participar para resultar beneficiarios de dichos premios, las organizaciones privadas y públicas, industriales o de servicios, establecidas en el país, que reúnan los requisitos dispuestos en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.
Que por lo expuesto, es menester fijar las pautas a las que deberá sujetarse el otorgamiento de las aludidas distinciones, determinando, tanto los requisitos para participar en el concurso, como también las disposiciones referentes al procedimiento que se deberá adoptar y sus distintas instancias, entre otras cosas, todo lo cual se establece en el referido Anexo.
Que la presente medida se dica en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
RESUELVE:
Artículo 1º — Créanse los "Premios SECyT al Empresario Innovador - 2003", con la finalidad de alentar la gestión tecnológica que permita lograr un progreso empresario sostenible, en los términos y con los alcances fijados en el Anexo I que mediante la presente medida se aprueba.
Art. 2º — Los premios creados en el artículo precedente, serán otorgados a VEINTICUATRO (24) empresarios innovadores en pequeñas y medianas empresas, una por cada una de las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y consistirán en la entrega, por parte del Señor Presidente de la Nación, de una medalla y un diploma a los funcionarios de más alto rango de las organizaciones que resulten beneficiarias, como también de una placa en reconocimiento al esfuerzo de los trabajadores, la que será recibida por un representante de éstos perteneciente a la organización de nivel operativo.
Art. 3º — Apruébase, como parte integrante de la presente resolución, el Anexo I denominado "Requisitos, Procedimiento y Pautas para la entrega de los Premios SECyT al Empresario Innovador - 2003", el cual establece los alcances de la medida, las pautas y el mecanismo a seguir para la asignación del beneficio.
Art. 4º — Establécese que la aplicación de los procedimientos dispuestos para el otorgamiento de los premios creados mediante la presente, como también la administración y operatoria de los mismos, estará a cargo de la Dirección Nacional de Planificación y Evaluación de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
Art. 5º — Invítase a los organismos de Ciencia y Tecnología de las diferentes jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la gestión y difusión del presente premio, de acuerdo a lo establecido en el inciso e) del Punto I del citado anexo.
Art. 6º — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y cumplido, archívese. — Dr. Julio Alberto Luna, Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
ANEXO I
"REQUISITOS, PROCEDIMIENTO Y PAUTAS PARA LA ENTREGA DE LOS PREMIOS SECyT AL EMPRESARIO INNOVADOR - 2003"
I.— REQUISITOS QUE DEBERAN REUNIR LOS PARTICIPANTES
Podrán participar, a los efectos de resultar posibles beneficiarios de los "Premios SECyT al Empresario Innovador - 2003", las organizaciones privadas y públicas, industriales o de servicios, establecidas en el país que:
a) Fruto de sus tareas de innovación demostrables, cuenten con mecanismos implementados por lo menos durante los últimos TRES (3) años, que hayan conducido a mejoras en los procesos, o en los productos, o en los sistemas de distribución y administración, que les hayan representado un incremento en su capacidad para competir en el mercado.
b) En caso de obtener el presente reconocimiento, estén dispuestas a difundir públicamente sus logros, de manera que puedan servir de ejemplo y modelo a otras organizaciones interesadas, sin que con ello se afecte su posición frente a sus competidores o comprometa su situación en el mercado.
c) No hayan sido objeto de sanción grave en materia administrativa o fiscal durante los últimos TRES (3) años.
d) Acepten una verificación de la información presentada por parte de un Grupo de Análisis.
e) Desarrollen sus tareas en una jurisdicción territorial (Provincia o Ciudad Autónoma de Buenos Aires), que haya adherido a la gestión del Premio y colaboren en su difusión y en la evaluación de las presentaciones.
II.— GRUPO DE ANALISIS
Se conformará un Grupo de Análisis que estará constituido por un cuerpo colegiado de NUEVE (9) expertos de trayectoria en áreas afines al desarrollo y gestión de la tecnología. Lo integrarán académicos e investigadores, directivos de empresas públicas y privadas y representantes de las jurisdicciones territoriales (Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires) que hayan adherido al Premio y participen de su gestión.
III.— COMISION DEL PREMIO
Estará formada por representantes de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS y de la SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE. Esta Comisión, basada en las recomendaciones del Grupo de Análisis, designará las organizaciones ganadoras. Su fallo será definitivo e inapelable. La SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA tendrá a su cargo la coordinación de dicha Comisión, teniendo doble voto en caso de empate.
IV.— CATEGORIAS DE PARTICIPACION
Podrán participar las Pequeñas y Medianas Empresas, de conformidad a la clasificación establecida en la Resolución del Ministerio de Economía Nº 401/89, modificada por la Resolución Nº 208/93 y por la Resolución SEPYME Nº 675/2002.
V.— EVALUACION
La evaluación se hará en DOS (2) etapas: En la primera, el Grupo de Análisis evaluará la documentación presentada por los concursantes. Se seleccionará en este proceso un conjunto de no más de TRES (3) empresas por jurisdicción. En una segunda etapa, una Comisión Particular, de no más de TRES (3) miembros, formada por UN (1) integrante del Grupo de Análisis y DOS (2) representantes de la jurisdicción territorial donde se hayan radicado las empresas seleccionadas, visitará la empresa para ampliar la información presentada por la organización y aclarar las dudas que puedan haber surgido de la evaluación en la primera etapa.
Con el informe de la Comisión, el Grupo de Análisis producirá su recomendación.
VI.— PROCEDIMIENTO PARA PARTICIPAR
Las empresas que deseen participar deberán completar una solicitud de inscripción y elevar un informe especial de sus actividades, bajo el título de "SEMBLANZA". La documentación deberá ser remitida a la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, Córdoba 831 (1054), Buenos Aires, entre los días 17 y 31 de marzo de 2003.
La nota de elevación deberá identificar claramente el objetivo que se persigue con la presentación.
VII.— CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION
A la luz de la naturaleza sensible y de la relevancia de la información que forma parte de la "SEMBLANZA", todos los participantes del proceso de evaluación y adjudicación del premio se comprometen a que la totalidad de la información presentada por las organizaciones aspirantes, y aquella que se genere durante dicho procedimiento, será tratada con absoluta confidencialidad y no será destinada a fines distintos a los de este concurso.
VIII.— CONTENIDOS DE LA "SEMBLANZA"
En un texto de no más de MIL QUINIENTAS (1500) palabras describa los logros alcanzados por la empresa en materia de innovación que le haya permitido alcanzar una posición de privilegio en el mercado. A título meramente orientativo se describen a continuación algunos puntos a considerar sin con ello significar que todos deben ser tenidos en cuenta.
1. Sistemas que utiliza la empresa para detectar las expectativas de sus clientes.
2. Identificación de las características que dan competitividad a sus productos, procesos y/o servicios.
3. Mecanismos empleados por la empresa para mejorar su tecnología. Fuentes externas y/o desarrollos internos.
4. Utilización del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del país para mejorar su tecnología.
5. Principales proyectos de mejora de sus productos, procesos y servicios. Proyectos implantados durante los últimos tres años y resultados más relevantes de estos proyectos y su impacto en la empresa.
6. Principales proyectos de creación de nuevos productos, procesos y/o servicios. Proyectos implantados durante los últimos tres años y resultados más relevantes de estos proyectos y su impacto en la empresa.
7. Mecanismos utilizados en la empresa para la asimilación de las tecnologías recibidas desde fuentes externas.
8. Proyectos de capacitación, reconocimiento y planes de carrera para el personal de su empresa.