Secretaría de Comercio
FINANCIAMIENTO DEL I.V.A.
Resolución 272/2001
Consideránse sujetos al beneficio establecido por la Ley N° 24.402, montos correspondientes al I.V.A. de las compras locales de bienes de capital de la firma Mardi S.A. destinados a la comercialización y producción de pescados y mariscos.
Bs. As., 17/12/2001
VISTO el Expediente N° 061-015739/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO.
Que la firma MARDI S.A.. ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Financiamiento del I.V.A. conforme la Ley N° 24.402 para la financiación de créditos equivalentes al Impuesto al Valor Agregado pagado por compras locales de bienes de capital destinados a la comercialización y producción de pescados y mariscos.
Que la firma MARDI S.A. ha obtenido un Certificado de Calidad según la Norma de Calidad HACCP-SIAAA 9000.
Que la mencionada firma ha asumido un compromiso de exportación de acuerdo al Anexo II de la Resolución ex-S.I.C. y M. N° 213 de fecha 8 de mayo de 2000.
Que del análisis efectuado, surge que los bienes de capital se encuadran dentro de los objetivos fijados por la Ley N° 24.402 y que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto N° 779 de fecha 31 de mayo de 1995, reglamentario de la Ley N° 24.402 y su Anexo correspondiente.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 11 del Decreto N° 779/95 y el Artículo 5° de la Resolución ex- S. I. C. Y M. N° 40 de fecha 23 de enero de 1997.
Por ello,
LA SECRETARIA DE COMERCIO
RESUELVE:
Artículo 1° — Consideránse sujetos al beneficio establecido por los Artículos 1° y 2° de la Ley N° 24.402 los montos correspondientes al I.V.A. de las compras locales de bienes de capital de la firma MARDI S.A. destinados a la comercialización y producción de pescados y mariscos, cuyo detalle figura en UNA (1) planilla que, como Anexo I, es integrante de la presente Resolución.
Art. 2° — El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en oportunidad de la adquisición de los bienes de capital objeto de la financiación estipulada en el Artículo 2° de la Ley N° 24.402 y/o del compromiso de exportación dará lugar a la aplicación del Artículo 3° de la Ley N° 24.402.
Art. 3° — A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION COMERCIAL EXTERNA, notifíquese a MARDI S.A.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi.
ANEXO I A LA RESOLUCION S. C. N° 272
POSICION ARANCELARIA |
MONTO DEL I.V.A. |
8414.10.00 |
$ 495,60 |
8414.30.99 |
$ 19.075,23 |
8414.90.10 |
$ 310,80 |
8418.69.90 |
$ 33.231,44 |
8418.99.00 |
$ 710,22 |
8421.12.90 |
$ 566,58 |
8421.19.90 |
$ 378,00 |
8422.19.00 |
$ 4.621,79 |
8422.20 00 |
$ 7.466,13 |
8422.40.90 |
$ 14.991,90 |
8423.81.10 |
$ 354,74 |
8423.82.00 |
$ 1.318,63 |
8427.20.90 |
$ 703,50 |
8428.10.00 |
$ 1.431,57 |
8438.50.00 |
$ 5.734,26 |
8438.80.20 |
$ 630,00 |
8438.80.90 |
$ 13.491,33 |
8450.20.90 |
$ 1.647,66 |
8479.89.99 |
$ 2.478,87 |
TOTAL A FINANCIAR |
$ 109.638,25 |
SON PESOS CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 25/100.