Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 176/2001
Prorrógase el plazo establecido en la Resolución N° 92/2001, en relación con la presentación de sugerencias y opiniones sobre el procedimiento de Consulta Pública.
Bs. As., 28/6/2001
VISTO el artículo 42 de la Constitución Nacional, las Leyes N° 25.000 y N° 19.798, los Decretos N° 1185/90 y N° 764/2000, las Resoluciones S.C. N° 57/96, N° 46/97, N° 1193/99, N° 92/2001, y del Expediente N° 83/99 del Registro de la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 92 de fecha 26 de abril de 2001 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA se dispuso adoptar el Procedimiento de Documento de Consulta a los fines de elaborar el texto del Reglamento de Portabilidad Numérica.
Que la citada medida se dictó conforme lo previsto en el artículo 44 y siguientes del Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, aprobado por la Resolución S.C. N° 57/96.
Que por otra parte, la Constitución Nacional en su artículo 42 textualmente establece: "Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales...".
Que resulta necesaria en cumplimiento de la manda constitucional la participación de todos los sectores interesados, así como de las asociaciones de usuarios y de los consumidores.
Que mediante la página institucional de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES en Internet, se ha posibilitado el acceso de todos aquellos interesados en conocer las opiniones recibidas en el referido procedimiento de Consulta Pública.
Que la Resolución SC N° 92/2001 estableció un plazo para las sugerencias y opiniones de los interesados que finaliza el día 28 de junio de 2001.
Que a la referida fecha se ha recepcionado una única presentación.
Que atento las diversas presentaciones recibidas en esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES solicitando una ampliación del plazo a tenor de la complejidad técnica y el elevado impacto que la portabilidad numérica general en la infraestructura y gestión de las redes de telecomunicaciones, resulta necesario proveer la ampliación del plazo establecido.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 20/99 y su modificatorio Decreto N° 772/00.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorróguese el plazo establecido por el artículo tercero de la Resolución SC N° 92/01, por QUINCE (15) días hábiles contados a partir del día de la fecha.
Art. 2°— Notifíquese a todos los interesados directos que constan en el artículo quinto de la citada Resolución SC N° 92/2001, como así también a través de la página institucional de la Secretaría de Comunicaciones en Internet, donde se expone el presente procedimiento de Documento de Consulta Pública.
Art. 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Henoch D. Aguiar.