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Secretaría de Comunicaciones




Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 256/2001

Modifícase la Resolución N° 269/99, en relación con el rango de 2,5 - 2,7 GHz.

Bs. As., 30/7/2001

VISTO el Expediente N° 2814/97 del registro de la COMISION NACIONAL de COMUNICACIONES en el que se trata la atribución de bandas y reglamentación para el Servicio Fijo de Datos y Valor Agregado (SFDVA) y el Expediente N° 1785/2001 del registro de la COMISION NACIONAL de COMUNICACIONES sobre la banda específica de 2,5 GHz, y

CONSIDERANDO:

Que es prioridad de la Autoridad Regulatoria promover el uso eficiente del espectro para la provisión de los servicios de telecomunicaciones.

Que en el caso de los nuevos servicios como la transmisión de datos y acceso a Internet de alta velocidad, videoconferencias y multimedios en general, la utilización eficaz de las bandas atribuidas hace necesario atender estrecha y continuamente los cambios que se generan en las aplicaciones y tecnologías involucradas.

Que en particular en el rango de 2,5 - 2,7 GHz reglamentado por la Resolución 269 SC/99, la tecnología se orienta a la utilización de pares de banda simétricos.

Que los servicios brindados también muestran una tendencia a la mayor capacidad de retorno y por lo tanto a una mayor simetría de las comunicaciones.

Que en la actualidad no se encuentran asignaciones vigentes en el marco de regulatorio
mencionado.

Que por lo expuesto resulta conveniente modificar la distribución de bandas vigente según un plan que contemple una mayor simetría en los canales de ida y de retorno.

Que dicha modificación debería mantener las anchuras de banda actuales.

Que resulta conveniente mantener la coincidencia de los límites de la banda atribuida en el resto del país según la Resolución 149 SUBC/90, es decir 2500 - 2686 MHz.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4°
apartados i) e ii) del Anexo IV del Decreto N° 764/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Artículo 1°
— Sustitúyase el cuadro aprobado por la Resolución SC N° 269/99, según el cuadro del Anexo I que forma parte de la presente.

Art. 2°
— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Henoch D. Aguiar.

ANEXO I

Banda 2500 - 2686 MHz para Buenos Aires y 180 km

Canales simétricos:











































N° de Orden

Banda (MHz)

N° de Orden

Banda (MHz)

1

2500 - 2512

1’

2596 - 2608

2

2512 - 2524

2’

2632 - 2644

3

2524 - 2536

3’

2620 - 2632

4

2536 - 2548

4’

2608 - 2620

5

2548 - 2560

5’

2644 - 2656

6

2560 - 2572

6’

2656 - 2668

7

2572 - 2584

7’

2668 - 2680



Canales asimétricos:













N° de Orden

Banda (MHz)

N° de Orden

Banda (MHz)

8

2584 - 2596

8’

2680 - 2686


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