SECRETARIA DE COMUNICACIONES
Resolución 378/2008
Asígnase el Grupo de Indicativos de Servicios Especiales "14Y" para servicios a la comunidad, brindados por entidades gubernamentales o de Servicio Social.
Bs. As., 10/11/2008
VISTO el Expediente Nº 7586/2008, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que el Plan Fundamental de Numeración Nacional aprobado por la Resolución Nº 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, determina en su Punto III.4.1 que los Servicios Especiales están destinados a establecer comunicaciones de urgencia, servicios a la comunidad y atención a clientes de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, conforme al formato de numeración que allí se indica.
Que en el mismo punto el referido Plan Fundamental ha establecido el grupo de indicativos "10Y" para los servicios de atención de llamadas vinculadas a Emergencias y los grupos "11Y" y "12Y" para los servicios de comunicaciones de Atención al Cliente.
Que por la Resolución Nº 8880 de fecha 9 de abril de 1999 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se creó el grupo de indicativos de servicio caracterizado como "13Y", para los servicios a la comunidad.
Que con encuadre en los referidos marcos normativos distintos órganos gubernamentales y prestadores de servicios de telecomunicaciones, han requerido la asignación de un número de marcación abreviada para ser empleado por servicios de atención telefónica, destinados a suministrar información a los ciudadanos referida a cuestiones de índole municipal.
Que desde la vigencia de la mencionada Resolución Nº 8880, la capacidad de numeración que ofreció el indicativo con formato "13Y" se ha visto agotada.
Que como consecuencia de ello, y en virtud de los requerimientos presentados, procede ampliar Ia disponibilidad de números mediante la adopci6n del grupo "14Y", destinándolo para servicios a la comunidad brindados por entidades gubernamentales o de Servicio Social.
Que a fin de resolver las consultas de la población vinculadas a obtener información y asesoramiento sobre todos los trámites y servicios que brindan los municipios, como así también el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, se ha conceptuado procedente destinar el número especial "147".
Que es facultad de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES administrar los recursos necesarios para la prestación de los servicios de telecomunicaciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 23 del Anexo II del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º — Asígnase el Grupo de Indicativos de Servicios Especiales "14Y" para servicios a la comunidad, brindados por entidades gubernamentales o de Servicio Social.
Art. 2º — Destínase el Indicativo de Servicios Especiales "147" para la atención de comunicaciones realizadas por los ciudadanos destinadas a los centros de información Municipales, o del Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos L. Salas.