>Secretaría de Energía
>
>ENERGIA ELECTRICA
>
>Resolución 8/00
>
>Prorrógase la fecha de aplicación efectiva de la
Resolución Nº 545/99, mediante la cual se establecieron modificaciones a los
Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el
Cálculo de Precios.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Bs. As., 21/1/00
lang=EN-US >
lang=EN-US >VISTO el
Expediente Nº 750-004334/99 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, y
lang=EN-US >
lang=EN-US >CONSIDERANDO:
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que con fecha 21
de octubre de 1999 la entonces SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS emitió la Resolución Nº
545 por medio de la cual se establecen modificaciones a los Procedimientos para
la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de precios
(LOS PROCEDIMIENTOS).
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que en dicha
Resolución se establecen que las modificaciones a LOS PROCEDIMIENTOS tendrán
vigencia a partir del 1º de mayo de 2000.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que en el
artículo 25 se establece que la aplicación efectiva de la citada Resolución
será a partir del 1º de mayo de 2000, con excepción de la regulación referida
al Mercado Spot Anticipado Diario y Demanda Flexible, que se aplicará a partir
del 1º de noviembre de 2000.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que los artículos
26 hasta 31 de dicha Resolución establecen los plazos para que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA
DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) realice las diversas
tareas asociadas a la efectiva vigencia de la Resolución.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que numerosos
Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) han objetado algunos artículos de
la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 545 del 21 de octubre de 1999.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que los plazos
previstos en dicha Resolución resultan extremadamente reducidos teniendo en
cuenta la complejidad de las modificaciones por ella introducidas.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que es instancia
de la SECRETARIA DE ENERGIA revisar íntegramente la Resolución SECRETARIA DE
ENERGIA Nº 545 del 21 de octubre de 1999 y oportunamente ir implementando
parcial o totalmente nuevas modificaciones en sus Anexos en vistas a una
simplificación de las normas y a un mejor funcionamiento del Sistema Eléctrico.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que ha tomado
intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERlO DE
ECONOMIA
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que las
facultades para el dictado del presente acto surgen de los artículos 35 y 36 de
la Ley Nº 24.065.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Por ello,
lang=EN-US >
lang=EN-US >EL SECRETARIO DE
ENERGIA
lang=EN-US >RESUELVE:
>
>Artículo 1º [/b]
>— Prorrógase la fecha de
aplicación efectiva de la entonces Resolución SECRETARIA DE ENERGIA del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 545 del 21 de octubre
de 1999 hasta el 1º de agosto de 2000, con la excepción del artículo 4º que reemplaza
al Capítulo 4 “MERCADO A TERMINO” de LOS PROCEDIMIENTOS, el artículo 24 que
deroga a partir del 1º de mayo de 2000 la Resolución Nº 404 del 26 de julio de
1999 de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS y de la regulación referente al Mercado Spot Anticipado y
Demanda Flexible, contemplado en el Anexo III de la misma Resolución que
mantendrán las fechas previstas.
>
>Art. 2º [/b]
>— Prorrógase por 90 días
todos los plazos asignados a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) en los artículos 26 a 31 de la Resolución
Nº 545 del 21 de octubre de 1999 de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
>
>Art. 3º [/b]
>— Notifíquese a la COMPAÑIA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).
>
>Art. 4º [/b]
>— Comuníquese, publíquese,
dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel G.
Montamat.
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