Ir al texto actualizado Secretaría de Energía
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 10/2002
Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho para que vuelva a realizar el despacho acorde con "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios", aprobados por Resolución ex Secretaría de Energía Eléctrica Nº 61/92, sus modificatorias y complementarias.
Bs. As., 8/4/2002
VISTO el Expediente Nº 751-004547/2001 del Registro del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de la ex SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA dependiente del entonces MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Nº 414 del 19 de diciembre de 2001 se instruyó al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) cuyas funciones están a cargo de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), para que realice un despacho del SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) que privilegie la seguridad de abastecimiento de energía eléctrica en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM).
Que dio causa a tal Resolución la necesidad de adoptar medidas preventivas sobre el Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y el despacho de generación dada la situación de emergencia para la seguridad pública considerada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL al disponer el Estado de Sitio mediante Decreto Nº 1678 del 19 de diciembre de 2001.
Que desde entonces no se han producido eventos del tipo que se procuró prevenir por lo que se considera oportuno instruir al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) para que vuelva a realizar el despacho acorde con "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS)" aprobados por Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias.
Que no obstante lo precedente, se considera conveniente habilitar al mencionado Organismo para que efectúe un despacho que privilegie la antes aludida seguridad de abastecimiento de energía eléctrica en el caso de riesgos inminentes a la seguridad de abastecimiento de energía eléctrica en el caso de riesgos inminentes a la seguridad operativa del sistema o si le fuese comunicada la necesidad de resguardar la seguridad pública.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED), para que vuelva a realizar el despacho acorde con "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS)" aprobados por Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias.
Art. 2º — Habilítase al ORGANISMO ENCARGADODEL DESPACHO (OED) para que actúe conforme lo establecido por los Artículos 1º y 2º de la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA dependiente del entonces MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA Nº 414 del 19 de diciembre de 2001, en el área involucrada, en el caso de:
a) detectar en la coordinación de la operación inminente peligro para la seguridad de abastecimiento del Sistema, o
b) identificar un área importadora conformada por más de UNA (1) región eléctrica que pueda verse afectada ante una contingencia simple que las lleve a la interrupción total del servicio eléctrico, o
c) recibir del Señor Subsecretario de Energía Eléctrica o del Señor Director Nacional de Prospectiva de esta SECRETARIA DE ENERGIA la comunicación de la existencia de una situación de riesgo cierto para la seguridad pública.
Art. 3º — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alieto A. Guadagni.