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Secretaría de Energía




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ENERGIA ELECTRICA

Resolución 205/2002

Modifícase la Resolución N° 10/2002, mediante la cual se habilitó al Organismo Encargado del Despacho, cuyas funciones están a cargo de CAMMESA, para que efectúe un despacho del Sistema Argentino de Interconexión que privilegie la seguridad de abastecimiento de energía eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista en el caso de riesgos inminentes a la seguridad operativa del sistema o si le fuese comunicada la necesidad de resguardar la seguridad pública.

Bs. As., 17/12/2002

VISTO el Expediente N° 751/004547/2001 del registro del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 10 del 8 de abril de 2002 se habilitó al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) cuyas funciones están a cargo de la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), para que efectúe un despacho del SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) que privilegie la seguridad de abastecimiento de energía eléctrica en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en el caso de riesgos inminentes a la seguridad operativa del sistema o si le fuese comunicada la necesidad de resguardar la seguridad pública.

Que se considera necesario dar, desde el Sector Eléctrico, precisiones al respecto.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyáse el texto del inciso c) del Artículo 2° de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 10 del 8 de abril de 2002 por el siguiente texto:

"c) recibir del Señor Subsecretario de Energía Eléctrica, o en su ausencia del Señor Director Nacional de Prospectiva de esta SECRETARIA DE ENERGIA la comunicación de que se considera oportuno y conveniente prevenir consecuencias de eventos que pudiesen afectar la seguridad del abastecimiento en el sistema Eléctrico en Alta Tensión."

Art. 2º — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).

Art. 3º —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto E. Devoto.

Administracionius UNLP

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