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Secretaría de Energía y Minería




Secretaría de Energía y Minería

GAS NATURAL

Resolución 371/2001

Tómase razón de la cesión de la participación de Sipetrol Argentina S.A. a favor de Canadian Hunter Argentina S.A. en el contrato de Compra y Venta de Gas Natural del 23 de octubre de 1996 y sus modificatorios.

Bs. As., 23/11/2001

VISTO el Expediente Nº 751-000714/2001, del Registro del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA se presenta solicitando, en su carácter de disponente de gas natural producido en el Lote de Explotación "SIERRA CHATA", ubicado en la Provincia del NEUQUEN, y de cesionaria de los derechos contractuales que correspondieran a SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA en virtud del contrato de Compra y Venta de Gas Natural del 23 de octubre de 1996, que la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, tenga a bien dictar el acto administrativo por el cual se autorice a CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA a efectuar, en su nombre, las exportaciones de gas natural producido en el lote mencionado.

Que por el Decreto Nº 824 de fecha 15 de junio de 1995, se otorgó a PETROLERA SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA, SANTA FE ENERGY COMPANY OF ARGENTINA, BHP PETROLEUM (ARGENTINA) INC., MONUMENT EXPLORACION LIMITED, COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES SOCIEDAD ANONIMA, SOCIEDAD INTERNACIONAL PETROLERA SOCIEDAD ANONIMA —actualmente SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA— y GASSUR SOCIEDAD ANONIMA —actualmente ATALAYA ENERGY SOCIEDAD ANONIMA—, la Concesión de Explotación sobre el Lote de Explotación "SIERRA CHATA", ubicado en la Provincia del NEUQUEN.

Que por Resolución de la ex-SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del ex -MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Nº 140 del 19 de septiembre de 1996 se otorgó a PETROLERA SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA, SANTA FE ENERGY COMPANY OF ARGENTINA, BHP PETROLEUM (ARGENTINA) INC., MONUMENT EXPLORACION LIMITED, COMPAÑIA GENERAL DE COMBUSTIBLES SOCIEDAD ANONIMA y GASSUR SOCIEDAD ANONIMA —actualmente ATALAYA ENERGY SOCIEDAD ANONIMA—, una autorización de exportación de gas natural producido en el Lote de Explotación "SIERRA CHATA", Provincia del NEUQUEN, a la REPUBLICA DE CHILE, de acuerdo con el contrato de Compra y Venta de Gas Natural celebrado el 23 de octubre de 1996 entre las empresas señaladas en el carácter de vendedoras, y las empresas CHILGENER SOCIEDAD ANONIMA —actualmente GENER SOCEDAD ANONIMA— y METROGAS SOCIEDAD ANONIMA en el carácter de compradoras.

Que a través de la Resolución de la ex- SECRETARIA DE ENERGIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Nº 460 del 17 de septiembre de 1999, se incorporó a SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA en la autorización de exportación de gas natural a la REPUBLICA DE CHILE, que fuera otorgada mediante la Resolución de la ex-SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Nº 140 del 19 de septiembre de 1996 efectuándose, posteriormente, las adecuaciones del caso en el contrato de Compra y Venta de Gas Natural del 23 de octubre de 1996.

Que CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA han dado cumplimiento a las formalidades requeridas en la cláusula 19 del contrato de Compra y Venta de Gas Natural del 23 de octubre de 1996, para el cambio de titularidad contractual entre ambas firmas, conforme surge de las constancias incorporadas a los presentes actuados.

Que la cesión del contrato de Compra y Venta de Gas Natural del 23 de octubre de 1996, de SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA a favor de CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, no afecta los volúmenes de gas natural diarios y totales autorizados a exportar.

Que el mencionado acuerdo de Compra y Venta de Gas Natural del 23 de octubre de 1996, se enmarca dentro de la voluntad de integración regional puesta de manifiesto en el Protocolo Sustitutivo del Protocolo Nº 2 del Acuerdo de Complementación Económica Nº 16 de fecha 7 de julio de 1995, suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE.

Que se ha incorporado copia certificada del Contrato de Cesión del 17 de noviembre de 2000, celebrado entre CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, a los presentes actuados.

Que en virtud del Contrato de Cesión entre CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA del 17 de noviembre de 2000, con efecto entre las firmas mencionadas vigente a partir del 1º de diciembre de 2000, CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA reviste el carácter de disponente del gas natural que se produce en el Lote de Explotación "SIERRA CHATA", ubicado en la Provincia del NEUQUEN, en una proporción equivalente a la que detentaba SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA con anterioridad a la referida fecha de vigencia.

Que en forma paralela e independiente del presente trámite, la firma SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado autorización para ceder la totalidad de su participación en los derechos y obligaciones del Permiso de Exploración sobre el Area CNQ-10 "CHIHUIDOS", otorgado por el Decreto Nº 1969 de fecha 16 de setiembre de 1993, y de la Concesión de Explotación sobre el Lote de Explotación "SIERRA CHATA", otorgada por el Decreto Nº 824 de fecha 15 de junio de 1995, a favor de CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

Que las demás empresas cotitulares del Permiso de Exploración sobre el Area CNQ-10 "CHIHUIDOS" y de la Concesión de Explotación sobre el Lote de Explotación "SIERRA CHATA", PETROLERA SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA, SANTA FE ENERGY COMPANY OF ARGENTINA, BHP PETROLEUM (ARGENTINA) INC., MONUMENT EXPLORACION LIMITED, COMPAÑIA GENERAL DE COMBUSTIBLES SOCIEDAD ANONIMA y ATALAYA ENERGY SOCIEDAD ANONIMA, han manifestado en forma expresa su conformidad y consentimiento respecto de la cesión señalada.

Que sobre el particular cabe destacar que el trámite de cesión del permiso y la concesión, antes indicados, es independiente del presente por cuanto el objetivo de aquel está enderezado a obtener la autorización a que se refiere el Artículo 72 de la Ley Nº 17.319, cuya competencia corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL, en tanto el presente caso trata de la sustitución de SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en la autorización de exportación otorgada por la Resolución de la ex-SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Nº 140 del 19 de septiembre de 1996 y la Resolución de la ex -SECRETARIA DE ENERGIA del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 460 del 17 de septiembre de 1999.

Que de conformidad a lo expuesto, no existen obstáculos de ningún tipo para tomar razón de la cesión de la participación de SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA a favor de CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA en el contrato de Compra y Venta de Gas Natural del 23 de octubre de 1996, tomar razón de que CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCEDAD ANONIMA reviste el carácter de disponente de gas natural producido en el Lote de Explotación "SIERRA CHATA" y sustituir a SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en la autorización de exportación otorgada por la Resolución de la ex -SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Nº 140 del 19 de septiembre de 1996 y la Resolución de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA del ex -MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 460 del 17 de septiembre de 1999.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 3º, inciso 1) del Anexo I del Decreto 1738 de fecha 18 de septiembre de 1992, modificado por el Decreto Nº 951 de fecha 6 de julio de 1995.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE:

Artículo 1º
— Tómase razón de la cesión de la participación de SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA a favor de CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA en el contrato de Compra y Venta de Gas Natural del 23 de octubre 1996 y sus modificatorios.

Art. 2º
— Tómase razón de que CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA reviste el carácter de disponente del gas natural que se produce en el Lote de Explotación "SERRA CHATA", ubicado en la Provincia del NEUQUEN, en virtud del Contrato de Cesión entre CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA del 17 de noviembre de 2000, con efecto entre las firmas mencionadas vigente a partir del 1º de diciembre de 2000, en una proporción equivalente a la que detentaba SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA con anterioridad a la referida fecha de vigencia.

Art. 3º
— Sustitúyese a SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por CANADIAN HUNTER ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en la autorización de exportación otorgada por la Resolución de la ex- SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Nº 140 del 19 de septiembre de 1996 y la Resolución de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 460 del 17 de septiembre de 1999.

Art. 4º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Sruoga.

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