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SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA




SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
Y
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución Conjunta Nº 18/2000

Bs. As., 18/7/2000

VISTO el Expediente Nº 17.522/99 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, del Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995), mediante el cual se aprobó el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, y la Decisión Administrativa Nº 393 del 22 de octubre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º de la Decisión Administrativa citada en el Visto se determinó que el período de evaluación del desempeño para 1999 abarcaría, con carácter de excepción, desde el 1º de enero hasta el 31 de octubre de dicho año, a cuyo efecto el proceso de evaluación pertinente debió llevarse a cabo durante el mes de noviembre, debiéndose proceder a la notificación de las calificaciones hasta el 7 de diciembre de 1999.

Que el Artículo 44 del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995), faculta a resolver en forma conjunta, la excepción a realizar la evaluación del desempeño del personal en el plazo fijado en el citado Artículo cuando existan razones fundadas que lo justifiquen.

Que el Señor Presidente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA fundamenta su solicitud en razón de las demoras aparejadas al proceso de evaluación por la dispersión territorial de un número significativo de agentes.

Que en 1999 estas circunstancias han incidido particularmente.

Que la presente se dicta en virtud de la facultad del Artículo 44 del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL SEÑOR PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVEN:

ARTICULO 1º — Fíjase el plazo de TREINTA (30) días hábiles a partir de la publicación de la presente, para complementar el proceso de evaluación del desempeño del personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA correspondiente al ejercicio 1999.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. OSCAR ALEJANDRO BRUNI, Presidente Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. — Lic. LEANDRO I. POPIK, Subsecretario de la Gestión Pública.

e. 28/7 Nº 324.615 v. 28/7/2000

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