Secretaría de Hacienda
DEUDA PUBLICA
Resolución 131/93
Dispónese la emisión de Bonos Garantizados a Tasa Flotante y a Tasa Fija de la República Argentina.
Bs. As., 17/5/93
VISTO el Decreto Nº 407 de fecha 11 de marzo de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que con arreglo a dicho Decreto se aprobó en todas sus partes el texto de los contratos contemplados en el "PLAN FINANCIERO REPUBLICA ARGENTINA 1992" con sus documentaciones conexas y sus anexos referidos —entre otros— a los Contratos de Canje de BONOS GARANTIZADOS A TASA FIJA (BONOS A LA PAR) Y BONOS GARANTIZADOS A TASA FLOTANTE (BONOS CON DESCUENTO).
Que dicha aprobación se fundamentó en que las operaciones instrumentadas, mediante esos contratos, se ajustan favorablemente a las condiciones vigentes en los mercados internacionales y por entender que resultan necesarias con el fin de cumplir con los compromisos internacionales oportunamente contraídos posibilitándose a través de ellas la reducción en el capital e intereses futuros y la refinanciación de los intereses devengados.
Que los BONOS A TASA FLOTANTE (BONOS CON DESCUENTO) Y BONOS A TASA FIJA (BONOS A LA PAR) se entregarán en canje de deuda e importarán respectivamente una reducción del importe del capital o del de los servicios de intereses que devengarán durante los próximos TREINTA (30) años.
Que debe procederse a la instrumentación formal de los mencionados BONOS.
Que la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y la Oficina Nacional de Presupuesto ha tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS no tiene observaciones que realizar a la presente Resolución.
Que la presente medida se adopta en uso de la facultad otorgada por el artículo 2º del Decreto Nº 407/93.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Dispónese la emisión, con fecha 31 de marzo de 1993, de los siguientes títulos:
a) BONOS GARANTIZADOS A TASA FLOTANTE DE LA REPUBLICA ARGENTINA Serie L Vencimiento 2023 en Dólares Estadounidenses por un valor nominal de U$S 4.137.309.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL V/N).
b) BONOS GARANTIZADOS A TASA FIJA DE LA REPUBLICA ARGENTINA 1993-2023 por un valor nominal de U$S 12.492.405.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCO MIL V/N).
c) BONOS GARANTIZADOS A TASA FLOTANTE DE LA REPUBLICA ARGENTINA 1993-2023 por un valor nominal de DMK 281.930.000 (MARCOS ALEMANES DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINT MIL V/N).
d) BONOS GARANTIZADOS A TASA FIJA DE LA REPUBLICA ARGENTINA 1993-2023 por un valor nominal de DMK 284.480.000 (MARCOS ALEMANES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL V/N).
Art. 2º — Los términos y condiciones financieras completos de los Bonos en Dólares Estadounidenses especificados en los incisos (a) y (b) del Artículo 1º se detallan en las traducciones certificadas que figuran como Anexo I de la presente Resolución. Los principales términos y condiciones financieras de los Bonos en Marcos Alemanes especificados en los incisos (c) y (d) del Artículo 1º se detallan en el Anexo II a la presente Resolución; la versión completa de sus términos y condiciones figuran como Anexos al Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL Nº 407 del 11 de marzo de 1993 que prevalecerá en caso de disputa.
Art. 3º — El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA actuará en su carácter de Agente Financiero del Estado Nacional en todo lo relacionado con los títulos emitidos por la presente conforme a las instrucciones que le imparta la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo A. Gutiérrez.