>Secretaría de Hacienda
>
>DEUDA PUBLICA
>
>Resolución 479/99
>
>Dispónese la ampliación de los instrumentos de
deuda pública denominados “Bonos de República Argentina en Euros 8,5%
1999-2001”.
>
>Bs.
As., 20/9/99
>
>VISTO
el Expediente Nº 001-003512/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, la Ley 25.064, el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de
1999 y las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 445 y 473 fecha 27 de
agosto de 1999 y fecha 13 septiembre de 1999, respectivamente, y
>
>CONSIDERANDO:
>
>Que
mediante el Decreto Nº 119 de fecha de febrero de 1999, se facultó al
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a través de la SECRETARIA
HACIENDA, a incluir en los contratos que suscriba por operaciones en EUROS,
cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a diferentes tribunales
europeos, el marco del artículo 5º de la Ley Nº 25.064 o la Ley de Presupuesto
de cada ejercicio o hallarse encuadradas en los términos artículo 65 de la Ley
Nº 24.156, por monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS CINCO MIL MILLONES (V.N.
EUROS 5.000.000.000).
>
>Que por
la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 445/99 se emitieron “BONOS DE LA
REPUBLICA ARGENTINA EUROS 8,5% 1999-2001” por un VALOR NOMINAL EUROS
TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 350.000.000) vencimiento el 3 de
septiembre del 2001.
>
>Que
mediante la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 473/99 se dispuso la
ampliación de los “BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 8,5% 1999-2001” por
un VALOR NOMINAL EUROS CIEN MILLONES (V.N. EUROS 100.000.000) vencimiento el 3
de septiembre del 2001.
>
>Que
durante 1998 se emitieron en el mercado europeo varios instrumentos de deuda
pública redenominables a la nueva moneda de la UNION MONETARIA EUROPEA llamada
EURO.
>
>Que se
han recibido propuestas de las principales instituciones financieras
especializadas en los mercados europeos, para efectuar una ampliación de
títulos en dicha moneda.
>
>Que se
ha entendido que la propuesta realizada por DEUTSCHE BANK AKTIENGESELLSCHAFT
para proceder a la ampliación de los títulos denominados “BONOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA EN EUROS 8,5% 1999-2001” por un monto de VALOR NOMINAL EUROS CIEN
MILLONES (V.N. EUROS 100.000.000), resultó ser la más conveniente.
>
>Que se
ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada
en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.
>
>Que la
OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha informado que esta operación se
encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa Nº 14 del
artículo de la Ley Nº 25.064.
>
>Que la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
>
>Que la
presente medida se dicta en virtud las facultades conferidas por el artículo 5º
la Ley Nº 25.064 y el Decreto Nº 119 de fecha 15 de febrero de 1999.
>
>Por
ello,
>
>SECRETARIO
DE HACIENDA
>RESUELVE:
>
>Artículo 1º [/b]— Dispónese la
ampliación de instrumentos de deuda pública denominados “BONOS DE LA REPUBLICA
ARGENTINA EUROS 8,5% 1999-2001” con fecha 23 de septiembre. La ampliación se
colocará a través de sindicato de bancos encabezado por DEUSTCHE BANK
AKTIENGESELLCHAFT, de acuerdo siguientes características financieras:
>
>Monto
de la ampliación: hasta un VALOR NOMINAL EUROS CIEN MILLONES (V.N. EUROS
100.000.000), totalizando con la emisión original la anterior ampliación un
monto de VALOR NOMINAL EUROS QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS
550.000.000).
>
>Precio
de emisión: CIEN CON NOVENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (100,95%).
>
>Precio
de reoferta: CIEN CON VEINTE CENTESIMOS POR CIENTO (100,20%).
>
>Fecha
de la ampliación y desembolso: 23 de septiembre de 1999.
>
>Fecha
de vencimiento: 3 de septiembre del 2001.
>
>Plazo:
UN (1) año, ONCE (11) meses y ONCE (11) días.
>
>Amortización:
íntegra al vencimiento.
>
>Tasa de
interés: fija del OCHO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (8,50%) anual,
pagadera anualmente.
>
>Interés
corrido: de un monto de EUROS CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA CON OCHENTA Y SIETE CENTESIMOS (EUROS 464.480,87).
>
>Comisión
neta: CERO CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (0,50%).
>
>Gastos
de traducción: hasta un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL (U$S 3.000).
>
>Art. 2º [/b]— Autorízase al Subsecretario
de Financiamiento Doctor Miguel Alberto KIGUEL, o al Representante Financiero
en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí
LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la ciudad de WASHINGTON de
los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Representante
Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín VILLAR, o al Director Nacional
de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado Federico Carlos MOLINA, o
al Director de Financiación Externa Licenciado Norberto Mauricio LOPEZ ISNARDI,
a suscribir en forma indistinta la documentación, la que en lo sustancial
deberá ser acorde con la aprobada por el Artículo 3º de la Resolución de la
SECRETARIA DE HACIENDA Nº 445 de fecha 27 de agosto de 1999 y toda aquella que
resulte necesaria para la implementación de la operación aprobada por el
Artículo 1º de la presente.
>
>Art. 3º [/b]— Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pablo E. Guidotti.
>