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Secretaría de Hacienda






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DEUDA PUBLICA

 

Resolución 9/99

 

Dispónese la emisión de “Letras Externas de la
República Argentina en Euros 10% 2000-2005”, en el marco del Programa de Letras
Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo.


 

Bs. As., 30/12/99

 

VISTO el Expediente Nº 173-001488/99 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 24.156, la Ley Nº 25.064, el Decreto Nº 1588
de fecha 26 de julio de 1993, modificado por el Decreto Nº 649 de fecha 4 de junio
de 1998, la Decisión Administrativa Nº 469 de fecha 26 de noviembre de 1999,
las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 329 y Nº 311 de fecha 30 de
julio de 1997 y 2 de julio de 1998, respectivamente, y


 

CONSIDERANDO:

 

Que por el Decreto Nº 1588/93 modificado por el
Decreto Nº 649/98 se facultó al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, a través de la SECRETARIA DE HACIENDA, a suscribir un Programa de
Letras Externas a Mediano Plazo por un VALOR NOMINAL de hasta DOLARES
ESTADOUNIDENSES QUINCE MIL MILLONES (V.N. U$S 15.000.000.000,-), que puede ser
utilizado dentro de sucesivos ejercicios fiscales, autorizándolo asimismo, a
contraer obligaciones externas cuyo saldo en circulación en todo momento no
supere el importe del Programa.


 

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA
Nº 329/97 se aprobaron los contratos tipo del Programa de Letras Externas a Mediano
Plazo para el mercado europeo.


 

Que por intermedio de la Resolución de la SECRETARIA
DE HACIENDA Nº 311/98, en su artículo 1º se dispuso la ampliación de dicho Programa.


 

Que por la Decisión Administrativa Nº 469/99 se
dispuso la realización de operaciones de crédito público adicionales, de
acuerdo con lo establecido por el artículo 6º de la Ley 25.064 por un monto de
hasta VALOR NOMINAL PESOS DOS MIL MILLONES (V.N. $ 2.000.000.000,-). Asimismo,
el producido neto de las operaciones que se efectúen con cargo a dicha Decisión
Administrativa no podrá ser utilizado durante el presente ejercicio fiscal ni
antes del 1º de enero del año 2000.


 

Que dada la inexistencia de ofertas de financiamiento
y teniendo en cuenta la necesidad de contar con un prefinanciamiento del mayor monto
posible para el año entrante, se aceptó la propuesta realizada por CREDIT
SUISSE FIRST BOSTON (EUROPE) LIMITED y MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL LIMITED
para emitir un instrumento de deuda pública con un plazo de CINCO (5) años, por
un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS
250.000.000,-).


 

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.


 

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha
informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en
la Decisión Administrativa Nº 469/99.


 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.


 

Que el suscripto se encuentra facultado para el
dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1588
de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto Nº 649 de fecha 4 de
junio de 1998 y la Decisión Administrativa Nº 469 de fecha 26 de noviembre de
1999.


 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Dispónese, en el marco del Programa
de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo, la emisión de
“LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10% 2000-2005” que serán
colocadas a través de un sindicato de bancos encabezado por CREDIT SUISSE FIRST
BOSTON (EUROPE) LIMITED y MORGAN STANLEY & CO. INTERNATIONAL LIMITED, con
fecha 7 de enero del 2000, de acuerdo con las siguientes características financieras:


 

Serie Número: 69.

 

Monto: hasta un VALOR NOMINAL EUROS DOSCIENTOS
CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 250.000.000,-).


 

Precio de emisión: CIEN CON SETENTA Y CINCO CENTESIMOS
POR CIENTO (100,75%).


 

Precio de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA
CENTESIMOS POR CIENTO (99,50%).


 

Plazo en años: CINCO (5) años.

 

Fecha de emisión y desembolso: 7 de enero del 2000.

 

Fecha de vencimiento: 7 de enero del 2005.

 

Amortización: íntegra al vencimiento.

 

Interés: DIEZ POR CIENTO (10%) anual, pagadero anualmente.

 

Comisión neta: CERO CON SEISCIENTOS VEINTICINCO
MILESIMOS POR CIENTO (0,625%).


 

Gastos de traducción: hasta un importe máximo de
PESOS TRES MIL ($ 3.000.-).


 

Art. 2º — Apruébase el contrato
denominado Decimotercera Escritura de Fideicomiso Complementaria “Thirteenth
Supplemental Trust Deed”, cuya copia en idioma inglés y su traducción certificada
al castellano, obra como Anexo a la presente Resolución.


 

Art. 3º — Autorízase al Subsecretario de
Financiamiento, Licenciado Julio DREIZZEN, o a la Representante Financiera en
la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí LA
GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la misma ciudad, Doctor Carlos
Eduardo WEITZ, o al Representante Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín
VILLAR, o al Director Nacional de la Oficina Nacional Crédito Público,
Licenciado Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa,
Licenciado Norberto Mauricio López Isnardi, a suscribir en forma indistinta la
documentación, la que en lo sustancial deberá ser acorde con la aprobada por el
Artículo 2º de la presente Resolución y toda aquella que resulte necesaria para
instrumentar las operaciones dentro del Programa de Letras Externas a Mediano
Plazo en el marco del Decreto Nº 1588/93 modificado por el Decreto Nº 649/98.


 

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario Vicens.


 

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La
documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta
Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).
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