>Secretaría de Hacienda
>
>DEUDA PUBLICA
>
>Resolución 5/00
>
>Dispónese la registración ante la Securities and
Exchange Commission de los Estados Unidos de América por un determinado monto
que podrá ser utilizado en futuras emisiones de títulos de la deuda pública.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Bs. As., 21/1/00
lang=EN-US >
lang=EN-US >VISTO el
Expediente Nº 001-003846/97 del Registro del EX MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 25.237, el Decreto Nº 1161 de fecha 15 de julio
de 1994, el Decreto Nº 436 de fecha 29 de abril de 1999 y la Resolución de la
SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS Nº 325 de fecha 8 de junio de 1999, y
lang=EN-US >
lang=EN-US >CONSIDERANDO
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que mediante el
Decreto Nº 1161/94, se encomendó al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS la registración ante la “Securities and Exchange Commission
(SEC)” de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA para implementar la emisión de títulos
de deuda pública por un monto de hasta VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES
DOS MIL MILLONES (V.N. U$S 2.000.000.000).
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que mediante el
Decreto Nº 436/99, y luego de sucesivas ampliaciones. se incrementó el monto
autorizado a emitir en títulos de la deuda pública y a prorrogar jurisdicción
sobre los mismos hasta un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTITRES
MIL MILLONES (V.N. U$S 23.000.000.000).
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que por la
Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 325/99 se incrementó el monto
registrado ante la “Securities and Exchange Commission (SEC)” por un VALOR
NOMINAL DOLARES ESTADO UNIDENSES TRES MIL MILLONES (V.N. U$S 3.000.000.000),
totalizando un monto registrado de VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES
DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 19.350.000.000).
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que por los
montos autorizados por los Decretos antes mencionados se han utilizado en las
emisiones de instrumentos del GOBIERNO NACIONAL un VALOR NOMINAL DE DOLARES
ESTADOUNIDENSES DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA MILLONES CUATROCIENTOS
SESENTA Y UN MIL (V.N. U$S 19.860.461.000), pudiendo utilizarse en futuras
emisiones en el mercado registrado estadounidense un VALOR NOMINAL DOLARES
ESTADOUNIDENSES TRES MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y
NUEVE MIL (V.N. U$S 3.139.539.000).
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que existe la
posibilidad de volver a acceder al mercado registrado estadounidense, y se
entiende necesario realizar la registración de un monto tal que permita
realizar emisiones futuras dentro de ese mercado, y cuyo monto sumado a las
anteriores registraciones no exceda el monto autorizado por el Decreto Nº
1161/94 modificado por el Decreto Nº 436/99.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURlDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la
intervención que le compete.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Que el suscripto
se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo
dispuesto por el Decreto Nº 1161 de fecha 15 de julio de 1994 modificado por el
Decreto Nº 436 de fecha 29 de abril de 1999.
lang=EN-US >
lang=EN-US >Por ello,
lang=EN-US >
lang=EN-US >EL SECRETARIO DE
HACIENDA
lang=EN-US >RESUELVE:
>
>Artículo 1º [/b]
>— Dispónese la registración
ante la “Securities and Exchange Commission (SEC)” de los ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA por un monto de hasta VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL
TRESCIENTOS MILLONES (V.N. U$S 1.300.000.000), que podrá ser utilizado en futuras
emisiones de títulos de la deuda pública durante el presente ejercicio fiscal
siguientes.
>
>Art. 2º [/b]
>— Autorízase al
Subsecretario de Financiamiento Licenciado Julio DREIZZEN, o al Representante
Financiero en la ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Altemo en la ciudad de
WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al
Representante Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín VILLAR o al
Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado
Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa Licenciado
Norberto Mauricio, LOPEZ ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la
documentación necesaria para la registración aprobada por el Artículo 1º de la
presente Resolución.
>
>Art. 3º [/b]
>— Reconózcanse como gastos
máximos necesarios para la registración un monto de hasta DOLARES
ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL (V.N. U$S 450.000) que serán
abonados con cargo a la imputación presupuestaria 98 101 099728 03 “Gastos y
Comisiones de la Deuda Pública” correspondientes a la Jurisdicción 90.
>
>Art. 4º [/b]
>— Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario Vicens.
lang=EN-US >