Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 437/2000
Inscripciones en el Registro de Entidades comprendidas en el artículo 2° del Decreto N° 691/ 2000, mediante el cual se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional. Asignación de códigos de descuento.
Bs. As., 1/11/2000
VISTO el Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.
Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución N° 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar con el objeto de obtener su inscripción en el mismo por parte de las entidades comprendidas.
Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto N° 691/2000.
Que las Entidades BANCO MERCURIO S.A.; NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.; BANCO DEL SOL S.A.; NUEVO BANCO INDUSTRIAL DE AZUL S.A.; FINVERCON S.A. COMPAÑÍA FINANCIERA; COOPERATIVA, VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO 2 DE ABRIL; BANCO CMF S.A.; COLUMBIA COMPAÑIA FINANCIERA S.A.; AMEPORT - MUTUAL DEL PERSONAL DEL ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL, MUNICIPAL Y AFINES; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LIMITADA PARA EL PERSONAL DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA (COVIPOL); BANCO PIANO S.A.; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y CREDITO LIMITADA - COFAR, han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitados según la documentación oportunamente acreditada.
Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto N° 691/2000 y la Resolución N° 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el código de descuento.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1° — Autorizar la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES comprendidas en el artículo 2° del Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se detallan en el Anexo I a la presente, otorgando a las mismas el código de descuento que para cada una de ellas se detalla en el Anexo mencionado.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario Vicens.
ANEXO I
DENOMINACION DE LA ENTIDAD |
CODIGO DE DESCUENTO |
BANCO MERCURIO S.A. |
90052
90055 |
NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. |
90062
90065 |
BANCO DEL SOL S.A. |
90072
90075 |
NUEVO BANCO INDUSTRIAL DE AZUL |
90082
90085 |
FINVERCON S.A. COMPAÑIA FINANCIERA |
90092 |
COOPERATIVA VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO
2 DE ABRIL |
50021
50022
50025 |
BANCO CMF S.A. |
90102
90105 |
COLUMBIA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. |
90112 |
BANCO PIANO S.A. |
90132
90135 |
AMEPORT - MUTUAL DEL PERSONAL DEL ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL, MUNICIPAL Y AFINES |
10011
10012
10013
10014
10015 |
COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO |
50031 |
LIMITADA PARA EL PERSONAL DE LA POLICIA |
50032 |
FEDERAL (COVIPOL) |
50033
50035 |
COOPERATIVA DE VIVIENDA CONSUMO Y CREDITO |
50041 |
LIMITADA - COFAR |
50043
50045 |
El último dígito del Código de Descuento implica la imputación que corresponde asignar a las diversas operaciones, de acuerdo al tipo de servicio que otorgue la Entidad.
1 Cuota Social
2 Créditos en dinero
3 Proveeduría, consumos varios
4 Turismo
5 Vivienda