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Secretaría de Hacienda




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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 6/2002

Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Bs. As., 6/3/2002

VISTO el Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.

Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dicto la Resolución N° 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.

Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto N° 691/2000.

Que las Entidades ASOCIACION MUTUAL BIBLIOTECA DIGITAL ARGENTINA (A.M.BI.D.A.); COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO TEINCOP LIMITADA; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO "LIBERTAD" LIMITADA; han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.

Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto N° 691/2000 y la Resolución S. H. N° 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el código de descuento.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el articulo 5° del Decreto N° 691/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:

Artículo 1°
— Autorizar la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5° del Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo I a la presente, otorgando a las mismas el código de descuento que para cada una de ellas se detalla en el Anexo mencionado.

Art. 2°
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar S. Lamberto.

ANEXO I















DENOMINACION DE LA ENTIDAD

CODIGO DE DESCUENTO

ASOCIACION MUTUAL BIBLIOTECA DIGITAL ARGENTINA (A.M.BI.D.A.)

10542

COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO TEINCOP LIMITADA

50491

COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO "LIBERTAD" LIMITADA

50631
50632
50633
50634
50635



El último dígito del Código de Descuento implica la imputación que corresponde asignar a las diversas operaciones, de acuerdo al tipo de servicio que otorgue la Entidad.

1 Cuota Social
2 Créditos en dinero
3 Proveeduría, consumos varios.
4 Turismo
5 Vivienda

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