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Secretaría de Hacienda




[b] Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 108/2006

Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000.

Bs. As., 12/4/2006

VISTO el Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.

Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución Nº 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.

Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto Nº 691/2000.

Que las Entidades COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO COFINCRED LIMITADA; B.L.G. COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA; COOPERATIVA DE CREDITO "S&L" LIMITADA; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO "19 DE AGOSTO" LIMITADA; MUTUAL DE PROFESIONALES Y TECNICOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA; UNION EMPLEADOS DE LA SALUD; ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL CIVIL TALLER REGIONAL RIO CUARTO y la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO "DAR" LIMITADA han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.

Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto Nº 691/2000 y la Resolución S. H. Nº 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el Código de Descuento.

Que mediante la Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 72 del 25 de abril de 2003 se ha aprobado la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES de la ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL.

Que en virtud que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social ha inscripto en el Registro Nacional de Mutualidades el cambio de denominación de la entidad mencionada en el considerando precedente, mediante Resolución Nº 772/04, que en lo sucesivo se denominará ASOCIACION MUTUAL DEL CONTROL INTEGRAL (AMCI), corresponde actualizar dicha denominación en el REGISTRO DE ENTIDADES, manteniendo el mismo Código de Descuento.

Que asimismo, mediante Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 195 del 28 de julio de 2005 se ha aprobado la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES de la ASOCIACION MUTUAL DE AYUDA SOCIAL SOLIDARIA (ANASS) LUIS VIALE.

Que atento la denominación de la entidad mencionada en el considerando precedente, corresponde rectificar la sigla (ANASS) por la de (AMASS) en el REGISTRO DE ENTIDADES, manteniendo el mismo código de descuento.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el artículo 5º del Decreto Nº 691/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:

[b] Artículo 1º — Autorizar la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo I a la presente, otorgando a las mismas el código de descuento que para cada una de ellas se detalla en el Anexo mencionado.

[b] Art. 2º — Actualizar en el REGISTRO DE ENTIDADES la denominación de la ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL, reemplazándola por la de ASOCIACION MUTUAL DEL CONTROL INTEGRAL (AMCI), manteniendo el código de descuento oportunamente otorgado, que figura en el Anexo I.

[b] Art. 3º — Sustituir en el citado REGISTRO la sigla (ANASS) de la ASOCIACION MUTUAL DE AYUDA SOCIAL SOLIDARIA LUIS VIALE, por la de (AMASS), manteniendo dicha entidad el código de descuento oportunamente otorgado, que figura en el Anexo I.

[b] Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Mosse.

ANEXO I

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