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Secretaría de Hacienda ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Resolución 1/2005 Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691/2000




Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 1/2005

Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5º del Decreto Nº 691/2000.

Bs. As., 10/1/2005

VISTO el Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.

Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución N° 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.

Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto N° 691/2000.

Que las Entidades CIRCULO PATRICIOS MUTUAL DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD; MUTUAL LIDER DE LA PREVISION SOCIAL; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO TRADE CENTER LIMITADA; ENFERMEROS SOLIDARIOS ASOCIACION MUTUAL; CARDINAL COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LIMITADA Y COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA 20 DE JULIO LIMITADA han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requiriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.

Que, en virtud de haber incorporado nuevos servicios para sus afiliados, la Entidad SOCIEDAD MILITAR "SEGURO DE VIDA" INSTITUCION MUTUALISTA ha solicitado la ampliación del código que le fuera otorgado mediante Resolución de la Secretaría de Hacienda N° 459 del 15 de noviembre de 2000, correspondiendo dar cumplimiento a dicha solicitud dentro del mismo Código de Descuento a efectos de posibilitar a la mencionada institución operar con la totalidad de los servicios habilitados.

Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto N° 691/2000 y la Resolución S. H. N° 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el Código de Descuento.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:

Artículo 1° — Autorizar la inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5° del Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, a las entidades que se indican en el Anexo I a la presente, otorgando a las mismas el código de descuento que para cada una de ellas se detalla en el Anexo mencionado.

Art. 2° — Autorizar la adecuación en el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 5° del Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, a la entidad SOCIEDAD MILITAR "SEGURO DE VIDA" INSTITUCION MUTUALISTA como se indica en el Anexo I a la presente, otorgando a la misma la ampliación del código de descuento por los servicios incorporados según se detalla en el Anexo mencionado.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Mosse.

ANEXO I


























DENOMINACION DE LA ENTIDAD

CODIGO DE DESCUENTO

SOCIEDAD MILITAR "SEGURO DE VIDA" INSTITUCION
MUTUALISTA

10134
10135

CIRCULO PATRICIOS MUTUAL DE SUBOFICIALES DE LAS
FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

12511
12512
12513
12514

MUTUAL LIDER DE LA PREVISION SOCIAL

12521
12522
12523
12525

COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO
TRADE CENTER LIMITADA

51422
51423
51424
51425

ENFERMEROS SOLIDARIOS ASOCIACION MUTUAL

12531
12532
12533
12534

CARDINAL COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y
VIVIENDA LIMITADA

51431
51432
51433
51435

COOPERATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA
20 DE JULIO LIMITADA

51441
51442
51443
51445


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