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Secretaría de Hacienda y Secretaría de Finanzas ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Resolución Conjunta 306/2004 y 131/2004 Establécese que la aplicación financiera a título gratuito a suscribirse por determinadas Entidades y Jurisdicciones del Sector Pú




Secretaría de Hacienda
y
Secretaría de Finanzas

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución Conjunta 306/2004 y 131/2004

Establécese que la aplicación financiera a título gratuito a suscribirse por determinadas Entidades y Jurisdicciones del Sector Público Nacional, se instrumentará a través de Pagarés del Gobierno Nacional. Condiciones.

Bs. As., 29/12/2004

VISTO el Expediente N° S01:0340790/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.725, 25.827 y 24.156, los Decretos Nros. 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, el Decreto N° 1959 de fecha 28 de diciembre de 2004 y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 58 de la Ley N° 25.827, se autoriza al Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a realizar operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central.

Que el Artículo 57 inciso a) de la Ley N° 24.156, establece que el endeudamiento que resulte de las operaciones de crédito público podrá originarse en la emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo, constitutivos de un empréstito.

Que durante el transcurso del Ejercicio Fiscal 2004 se utilizaron disponibilidades afectadas al Sistema de la Cuenta Unica del Tesoro Nacional con destino al financiamiento de la ejecución financiera del Presupuesto Nacional, deviniendo necesaria su instrumentación.

Que mediante el Artículo 53 de la Ley N° 25.725 incorporado a la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a disponer la constitución de aplicaciones financieras a título gratuito por parte de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional a favor del Tesoro Nacional, con la finalidad de atender el financiamiento de sus gastos cuando se requiera la utilización de las disponibilidades del Sistema de la Cuenta Unica del Tesoro, estableciendo además que dichas inversiones pueden constituirse por un plazo de hasta NOVENTA (90) días.

Que mediante Decreto N° 1959 de fecha 28 de diciembre de 2004 se dispone la constitución, antes del 30 de diciembre de 2004, de una aplicación financiera a título gratuito, por parte de algunas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional.

Que la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha informado que la presente operación se encuentra dentro de los límites establecidos por el Artículo 58 de la Ley N° 25.827, entendiendo conveniente su instrumentación a través de la emisión de un Pagaré del Gobierno Nacional en Moneda Nacional a NOVENTA (90) días, con opción de precancelación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de la autorización conferida por el Artículo 58 de la Ley N° 25.827 y el Decreto N° 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y EL SECRETARIO DE FINANZAS
RESUELVEN:

Artículo 1° — Establécese que la aplicación financiera a título gratuito a suscribirse por las Entidades y Jurisdicciones del Sector Público Nacional que se citan en el Anexo de la presente resolución, se instrumentará a través de Pagarés del Gobierno Nacional de acuerdo a las condiciones que a continuación se detallan:

Fecha de Emisión: 29 de diciembre de 2004.

Fecha de Vencimiento: 29 de marzo de 2005.

Monto Total: VALOR NOMINAL PESOS DOS MIL SETENTA Y SIETE MILLONES TREINTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y TRES ( V.N. $ 2.077.038.133 ).

Moneda: PESOS ($).

Forma de Cancelación: los pagos al vencimiento se cursarán a través del BANCO DE LA NACION ARGENTINA.

Opción de Precancelación: el emisor podrá precancelar anticipadamente el Pagaré.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Mosse.

ANEXO

























Jurisdicción

SAF

Organismo

FF

Pesos

30

325

MINISTERIO DEL INTERIOR

13

2.027.000.000

50

606

Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria

12

50.038.133

TOTAL
 
2.077.038.133


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