Secretaría de Hacienda
DEUDA PUBLICA
Resolución 76/96
Amplíase la emisión dispuesta por Resolución Nº 232/96 de Bonos del Tesoro a Mediano Plazo en Dólares Estadounidenses denominados "BONTES 8% 1998".
Bs. As., 13/2/97
VISTO, el Expediente Nº 001-000399/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS, el Decreto Nº 340 de fecha 1º de abril de 1996 y la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 232 de fecha 4 de diciembre de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 232/96 dispuso la emisión de Bonos del Tesoro a Mediano Plazo en Dólares Estadounidenses denominados "BONTES" con el aditamento de la tasa de interés y el año de vencimiento por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES (U$S VN 550.000.000).
Que por el artículo 2º de la Resolución citada en el considerando precedente, se establecieron las características y condiciones financieras de los Bonos del Tesoro a Mediano Plazo.
Que el estudio y seguimiento de las características de los principales mercados de Títulos de deuda Pública del mundo, ha demostrado que la reapertura de series constituye una práctica habitual, con el propósito de otorgarle a los instrumentos emitidos la liquidez necesaria.
Que uno de los objetivos definidos en el Decreto Nº 340/96 ha sido el de coadyuvar al fortalecimiento y mayor desarrollo del mercado de capitales argentino, razón por la cual se entiende conveniente ampliar la emisión dispuesta en la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 232/96.
Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha tomado la intervención que el compete.
Que la presente se dicta de conformidad con las autorizaciones conferidas por el artículo 63 de la Ley Nº 24.156 y el artículo 9º del Decreto Nº 340/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Dispónese la ampliación de Bonos del Tesoro a Mediano Plazo en Dólares Estadounidenses denominados "BONTES 8% 1998", por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES (U$S VN 550.000.000).
Art. 2º — Los bonos cuya ampliación se dispone por el artículo 1º de la presente tendrán las mismas características de los bonos emitidos por la Resolución Nº 232/96, con excepción de la fecha de negociación, la cual se autorizará a partir del 19 de febrero de 1997.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pablo E. Guidotti.