Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA
Resolución 548/99
Apruébase una modificación en un plan de intercambio compensado otorgado a la firma Eaton Industrial y Comercial S.A. y cuya titularidad fuera transferida a la firma Spicer Ejes Pesados S.A., mediante Resolución Nº 495/98.
Bs. As., 9/8/99
VISTO el Expediente Nº 060-001755/97, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, la firma EATON INDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA, con domicilio en Ruta 8 km. 36.500, José C. Paz, Provincia de Buenos Aires, ha sido beneficiaria de un plan de intercambio compensado aprobado por Resolución S.I.C. y M. Nº 706 del 29 de julio de 1997, modificada por Disposición S.S.I. Nº 27 del 28 de agosto de 1997, Resolución S.I.C. y M. Nº 495 del 12 de agosto de 1998, Disposición S.S.I. Nº 68 del 22 de abril de 1999 y Disposición S.S.I. Nº 101 del 25 de junio de 1999 en cuyo Anexo se ha deslizado una omisión involuntaria en cuanto las posiciones N.C.M. de productos a importar, solicitadas por la interesada.
Que por Resolución S.I.C. y M. Nº 495 del 12 de agosto de 1998 la firma EATON INDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA obtiene el cambio de razón social de SPICER EJES PESADOS S.A.
Que por expediente Nº 060-005032/99, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la misma solicita la inclusión de un nuevo producto a importar en el Anexo del programa aprobado.
Que la inclusión del nuevo producto a importar y de las posiciones N.C.M. omitidas en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 706 del 29 de julio de 1997, modificada por Disposición S.S.I. Nº 27 del 28 de agosto de 1997, Resolución S.I.C. y M. Nº 495 del 12 de agosto de 1998, Disposición S.S.I. Nº 68 del 22 de abril de 1999 y Disposición S.S.I. Nº 101 del 25 de junio de 1999, resulta viable de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA.
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese el Anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 706 del 29 de julio de 1997, modificada por Disposición S.S.I. Nº 27 del 28 de agosto de 1997, Resolución S.I.C. y M. Nº 495 del 12 de agosto de 1998, Disposición S.S.I. Nº 68 del 22 de abril de 1999 y Disposición S.S.I. Nº 101 del 25 de junio de 1999, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a la firma EATON INDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA y cuya titularidad fuera transferida a la firma SPICER EJES PESADOS S.A. mediante Resolución S.I.C. y M. Nº 495/98, con domicilio en Ruta 8 km. 36.500, José C. Paz, Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo de DOS (2) fojas que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º — Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997, Decreto Nº 110 del 15 de febrero de 1999 y el Decreto Nº 682 del 23 de junio de 1999 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el Expediente Nº 060-001755/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y sus agregados.
Art. 3º — Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma SPICER EJES PESADOS S.A. constituye domicilio especial en Av. Libertador 602, piso 4º, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5º — Remítase copia de la presente resolución a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6º — Notifíquese a la interesada.
Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Alieto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 548
Expediente Nº 060-001755/97
Empresa: SPICER EJES PESADOS S.A.
Productos a Exportar:
Posición N.C.M. |
Descripción |
8708.39.00 |
Partes de Frenos |
8708.50.90 |
Ejes diferencial |
8708.99.90 |
Partes |
Productos a Importar:
Posición N.C.M. |
Descripción |
4016.99.90 |
Retenes de aceite |
7318.15.00 |
Tornillos arandelas y recortes. |
7318.16.00 |
Tuercas |
7318.22.00 |
Arandelas |
7318.23.00 |
Remaches |
7318.24.00 |
Pasadores, clavijas y chavetas |
8482.99.00 |
Conos y Cubetas |
8501.31.10 |
Unidad eléctrica de cambio |
8708.39.00 |
Partes de Frenos |
8708.50.90 |
Eje diferencial |
8708.60.90 |
Ejes portante |
8708.60.90 |
Punta de eje |
8708.99.90 |
Partes |
8708.40.90 |
Cajas de cambio |