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Secretaría de Industria, Comercio y Minería




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IMPORTACIONES

Resolución 730/99

Solicitudes de reducción transitoria del Derecho de Importación Extrazona de mercaderías comprendidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

Bs. As., 29/9/99

VISTO el Expediente Nº 061-007779/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 19 de fecha 20 de enero de 1999, estableció la reducción transitoria del Derecho de Importación Extrazona aplicable al universo de mercaderías comprendidas en los Anexos VI y VII del Decreto Nº 998 del 28 de diciembre de 1995.

Que la medida citada establece un procedimiento para que las empresas interesadas puedan acogerse al beneficio instituido por el Artículo 1º de la referida Resolución.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 9º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº19/99 se comunica mediante consulta pública el listado de mercaderías presentado al amparo de la normativa aludida.

Que las mercaderías incluidas en el referido listado cuentan con los correspondientes dictámenes clasificatorios efectuados por la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hallan registradas las presentaciones que en esta oportunidad se ponen en conocimiento de los sectores productivos involucrados, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 329 de fecha 23 de octubre de 1996.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones M.E. y O. y S.P. Nros. 329/96 y 19/99.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:

Artículo 1º
— Se lleva a conocimiento público que se han registrado en el ámbito de esta Secretaría las solicitudes de reducción transitoria del Derecho de Importación Extrazona al SEIS POR CIENTO (6%) de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en las TRES (3) planillas que, como Anexo I, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º
— En los términos del Artículo 10 de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 19/99, los interesados en manifestarse sobre las referidas solicitudes de modificación de la alícuota deberán hacerlo mediante nota, adjuntando el formulario, completado en forma íntegra, compuesto por DOS (2) planillas que, como Anexo II, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 3º — La documentación a que alude el Artículo 2º de la presente resolución se presentará ante el Area de Nomenclatura y Aranceles de la Dirección de Importaciones, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION COMERCIAL EXTERNA de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, sita en Av. Julio A. Roca 651, piso 6º, Sector 1, haciendo referencia a la presente resolución, en un plazo no mayor de DIEZ (10) días hábiles a contar de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Una vez transcurrido el plazo indicado y de no recibirse manifestación escrita sobre las consultas efectuadas por la presente resolución, se interpretará que no existe oposición a la solicitud comunicada.

Art. 4º
— La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alieto A. Guadagni.






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