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Secretaría de la Pequeña y Mediana




Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Disposición 294/2005
Modifícase la Disposición Nº 170/2005, con la finalidad de ampliar el plazo para la presentación de proyectos estipulados por la Disposición Nº 248/2005.
Bs. As., 2/9/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0260841/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, lo dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 25.300 y los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999, y 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio, la Decisión Administrativa Nº 295 de fecha 8 de junio de 2005, la Resolución General Nº 1814 de fecha 11 de enero de 2005 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Disposiciones Nros. 389 de fecha 29 de septiembre de 2004, 248 de fecha 19 de julio de 2005 y 170 de fecha 8 de junio de 2005 todas de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición Nº 248 de fecha 19 de julio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2005.
Que por el Artículo 9º, inciso b), apartado III del Anexo I de la citada disposición se establecieron los recaudos que deben acreditar las empresas respecto a su situación fiscal y previsional exigiéndose la presentación de un certificado fiscal para contratar, en la oportunidad prevista en el inciso c) del Artículo 9º del Anexo I de la misma.
Que la solicitud y los plazos para la obtención del certificado fiscal para contratar se rigen por la Resolución General Nº 1814 de fecha 11 de enero de 2005 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, propicia el dictado de una norma por la cual se contemple los inconvenientes que podrían llegar a tener las empresas para obtener —en tiempo oportuno— el certificado fiscal para contratar.
Que en consecuencia es considerado pertinente ampliar el plazo para la presentación de proyectos estipulado en la Disposición Nº 248 de fecha 19 de julio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION así como adecuar el Artículo 3º de la Disposición Nº 170 de fecha 8 de junio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
DISPONE:
Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 3º de la Disposición Nº 170 de fecha 8 de junio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por el siguiente:
"ARTICULO 3º— Los inscriptos en los registros a partir del 1 de enero de 2005 y aquellos que se inscriban hasta el 12 de septiembre de 2005, inclusive, de conformidad a lo establecido por los Anexos I y II de la Disposición Nº 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; podrán participar de los sucesivos llamados a presentación de proyectos de capacitación del Régimen de Crédito Fiscal del año 2005".
Art. 2º — Modifíquese el Anexo I de la Disposición Nº 248 de fecha 19 de julio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en la forma que se indica a continuación:
1. Sustitúyese en el Artículo 2º, la expresión "... día 31 de agosto de 2005" por la expresión "... 12 de septiembre de 2005".
2. Sustitúyese en el inciso c) del Artículo 9º, la expresión "... día 31 de agosto de 2005 ..." por la expresión "... 12 de septiembre de 2005…".
3. Sustitúyese en el Artículo 57, la expresión "... día 31 de agosto de 2005" por la expresión "... 12 de septiembre de 2005".
4. Sustitúyese en el Artículo 67, la expresión "... día 31 de agosto de 2005 ..." por la expresión "... 12 de septiembre de 2005…".
Art. 3º — Intégrase al Artículo 9º, inciso b), apartado III, del Anexo I de la Disposición Nº 248 de fecha 19 de julio de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el siguiente párrafo:
"Los que hubieren solicitado a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la expedición del "Certificado Fiscal para Contratar" hasta el día 9 de septiembre de 2005, inclusive, y no contaren con el mismo a la fecha tope que establece el inciso c) del Artículo 9º, del Anexo I de la citada disposición, deberán presentar UNA (1) copia de la nota de la solicitud de expedición efectuada conforme al Artículo 3º de la Resolución General Nº 1814 de fecha 11 de enero de 2005 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Cumplimentado ese recaudo, el "Certificado Fiscal para Contratar" deberá ser presentado ante la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal hasta el día 20 de octubre de 2005, inclusive, caso contrario se procederá a desestimar el Proyecto presentado".
Art. 4º — La presente disposición entrará en vigencia el día de su publicación.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Federico I. Poli.

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