Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Disposición 357/2005
Modifícase la Disposición Nº 339/2005, en relación con la documentación a presentar por parte de las empresas y las unidades capacitadoras cuyos proyectos sean aprobados con asignación de cupo de crédito fiscal.
Bs. As., 7/11/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0275364/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, lo dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 24.624, 25.300 y 25.967 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005 los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio, la Decisión Administrativa Nº 295 de fecha 8 de junio de 2005, y las Disposiciones Nros. 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 y 339 de fecha 14 de octubre de 2005, ambas de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).
Que por el cuarto párrafo del Artículo 27 de la Ley Nº 24.624, se modifica el Régimen premencionado, haciéndolo extensivo a todas las personas de existencia visible o ideal que desarrollen actividades económicas.
Que por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999, se reglamentó el Régimen de Crédito Fiscal.
Que la Disposición Nº 339 de fecha 14 de octubre de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION aprobó el "Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos ELearning bajo el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación - Año 2005".
Que, en razón del gran cúmulo de tareas vinculadas con las actividades del sector, y en aras de garantizar el cumplimiento del procedimiento establecido en la normativa aplicable, resulta necesario ampliar los plazos establecidos a lo largo del texto del Reglamento mencionado precedentemente.
Que para ello, se establece como fecha tope, la del 21 de noviembre de 2005.
Que asimismo, por razones operativas que responden al reordenamiento del espacio físico de este Organismo, deviene necesario establecer el lugar en el cual deberán presentarse las Empresas y las Unidades Capacitadoras, cuyos proyectos fueren aprobados con asignación de cupo.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
DISPONE:
Artículo 1º — Sustitúyese el primer párrafo del Artículo 17 del Anexo I de la Disposición Nº 339 de fecha 14 de octubre de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por el siguiente:
"ARTICULO 17. — DOCUMENTACION A PRESENTAR: Las "Empresas" y las "Unidades Capacitadoras" cuyos Proyectos fueren aprobados con asignación de cupo de Crédito Fiscal deberán presentar —dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles siguientes a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la disposición aprobatoria— y ante el Area de Recepción de Expedientes de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sita en la Avenida Julio Argentino Roca Nº 651, Planta Baja, Sector (5) CINCO de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, la siguiente documentación".
Art. 2º — Modifícase el Anexo I de la Disposición Nº 339 de fecha 14 de octubre de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en la forma que se indica a continuación:
1. Sustitúyese en el Artículo 2º, la expresión "… 7 de noviembre de 2005" por la expresión "… 21 de noviembre de 2005".
2. Sustitúyese en el apartado III) del inciso b) del Artículo 10, la expresión "… 7 de noviembre de 2005…" por la expresión "... 21 de noviembre de 2005…".
3. Sustitúyese en el inciso c) del Artículo 10, la expresión "... 7 de noviembre de 2005..." por la expresión "... 21 de noviembre de 2005…".
4. Sustitúyese en el Artículo 70, la expresión "... 31 de octubre de 2005..." por la expresión "... 18 de noviembre de 2005…".
Art. 3º — La presente disposición entrará en vigencia a partir de la fecha de su emisión.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Federico I. Poli.