Secretaría de Transporte
TRANSPORTE FERROVIARIO
Resolución 209/2003
Apruébase el Plan de Obras de Infraestructura presentado por la Empresa Belgrano Cargas S.A., para la rehabilitación del corredor ferroviario Tucumán-Concepción, perteneciente a la ex-Línea General Belgrano.
Bs. As., 26/9/2003
VISTO el Expediente N° S01:0188469/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto N° 27 de fecha 7 de mayo de 2003 y la Decisión Administrativa N° 215 de fecha 21 de julio de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que el ESTADO NACIONAL en el marco de las bases estratégicas para el desarrollo y transformación del sistema ferroviario nacional prevé la realización de distintos emprendimientos ferroviarios.
Que en tal sentido, es política de la SECRETARIA DE TRANSPORTE la reactivación de distintos ramales ferroviarios con el objeto de contribuir al desarrollo del modo de transporte y a la generación de puestos de trabajo con la consiguiente reinserción de los habitantes del lugar en el proceso productivo nacional.
Que al respecto el ramal TUCUMAN – CONCEPCION, (PROVINCIA de TUCUMAN) con SETENTA Y TRES CON SETENTA Y SEIS KILOMETROS (73.76 Kilómetros) de extensión forma parte integrante de la red ferroviaria a rehabilitar y restablecer.
Que la EMPRESA BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, es concesionaria del sector de la Red Ferroviaria Nacional constituido por la ex–Línea General Belgrano según Decreto N° 1037 de fecha 20 de septiembre de 1999, estando en su jurisdicción el ramal a rehabilitar.
Que en tal sentido la EMPRESA BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA ha presentado un plan de obras para la reparación de infraestructura, obras de arte, estaciones y material rodante respectivamente.
Que en el marco de las competencias propias que le asisten la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE ha tomado intervención, supervisado y aprobado técnicamente el plan presentado por la empresa.
Que en consecuencia, y a los fines de la presente resolución, resulta necesario destinar recursos existentes correspondientes a la Partida 94-1-5.2.6-20155 Concesión del Ferrocarril General Belgrano Cargas, hasta la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL CUARENTA Y OCHO ($ 4.927.048.-), a fin de atender las erogaciones emergentes de los trabajos encomendados.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por el Artículo 6° del Decreto N° 27 del 27 de mayo de 2003.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 27 de fecha 27 de mayo de 2003 y la Decisión Administrativa N° 215 de fecha 21 de julio de 1999.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el Plan de Obras de Infraestructura, presentado por la EMPRESA BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA para la rehabilitación del corredor ferroviario TUCUMAN – CONCEPCION (PROVINCIA de TUCUMAN) perteneciente a la ex–Línea General Belgrano.
Art. 2° — Aféctase hasta el monto de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL CUARENTA Y OCHO ($ 4.927.048.-) de los fondos correspondientes a la Partida 94-1- 5.2.6-20155 Concesión del Ferrocarril General Belgrano Cargas, a fin de atender las erogaciones resultantes de el Plan de Obras de Infraestructura aprobado por el Artículo 1° de la presente resolución.
Art. 3° — Instrúyase a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE para que efectúe las tareas de verificación e inspección de las obras ejecutadas por contar con la estructura idónea para dicho cometido, efectuando la certificación de obras por rubros, secciones o tramos previo a su elevación a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO para su conformación y remisión a la SECRETARIA DE TRANSPORTE para la emisión de la orden de pago.
Art. 4° — Notifíquese a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, y a la EMPRESA BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo R. Jaime.