Secretaría Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
SANIDAD ANIMAL
Resolución 525/2001
Determínanse los colorantes aprobados para la identificación de sustitutos lácteos utilizados en la alimentación de los animales.
Bs. As., 26/11/2001
VISTO el expediente Nº 115.342/95 del registro del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, y
CONSIDERANDO:
Que a propuesta de la ex-Gerencia de Aprobación de Productos Alimenticios y Farmacológicos se dictó la Resolución Nº 117 del 7 de setiembre de 1995, derogando en consecuencia la Resolución Nº 878 del 29 de noviembre de 1991, ambas del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, y estableciendo las medidas conducentes a la identificación unívoca de la leche y los sustitutos lácteos destinados a la alimentación y nutrición animal.
Que a los fines de evitar posibles desvíos de uso de leches y sustitutos lácteos, destinados exclusivamente a la alimentación animal, es necesario definir los colores y los aditivos colorantes que pueden utilizarse para permitir una identificación unívoca de los mismos, así como, establecer la concentración en que éstos deben estar presentes.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para resolver sobre el particular, de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 394 del 1º de abril de 2001.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Los aditivos incorporados a la leche y los sustitutos lácteos destinados exclusivamente a la alimentación animal, deben generar un color rojo, azul o verde. Los aditivos colorantes permitidos y sus concentraciones en el producto listo para su uso, son los que constan en el Anexo, que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º — La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase. — Bernardo G. Cané.
ANEXO
COLORANTES APROBADOS PARA LA IDENTIFICACION DE SUSTITUTOS LACTEOS UTILIZADOS EN LA ALIMENTACION DE LOS ANIMALES.
Aditivo colorante |
Identificación |
Concentración |
Carmín, Acido carmínico, Cochinilla |
INS 120 |
100 mg/kg como ácido carmínico |
Azorubina |
INS 122 |
50 mg/kg |
Rojo Punzó 4R |
INS 124 |
50 mg/kg |
Rojo 40, Rojo Altura AC |
INS 129 |
50 mg/kg |
Azul Patente V |
INS 131 |
50 mg/kg |
Indigotina, Carmín de Indigo |
INS 132 |
50 mg/kg |
Azul Brillante FCF |
INS 133 |
50 mg/Kg |
Clorofila Cúprica |
INS 141 |
50 mg/kg |
Clorofila Cúprica |
INS 142 |
50 mg/kg |
Verde Indeleble, Verde Rápido, Fast Green |
INS 143 |
50 mg/kg |