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Secretria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentos




[b] Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

PROGRAMA "COCINA FABRICA"

Resolución 799/2006

Apruébase el diseño del isologotipo que identificará y distinguirá al citado programa.

Bs. As., 22/11/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0402487/2006 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Convenio Marco de Colaboración de fecha 25 de noviembre de 2005, suscripto entre Gate Gourmet Argentina SRL y la citada Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección Nacional de Alimentos dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, viene desarrollando acciones tendientes a incrementar las ventajas comparativas de la REPUBLICA ARGENTINA para producir y comercializar en los mercados locales e internacionales comidas elaboradas que aprovechen el reconocimiento de las materias primas del país, la destreza y capacitación de la mano de obra especializada local y los desarrollos tecnológicos que permitan conservar esas preparaciones culinarias para su consumo diferido y su transacción a distancia, en adecuadas condiciones de inocuidad y calidad, en el marco del Convenio de Colaboración de fecha 25 de noviembre de 2005, suscripto entre Gate Gourmet Argentina SRL y la nombrada Secretaría.

Que en el marco del Convenio aludido y de las acciones que la citada Dirección Nacional de Alimentos viene implementando a efectos de establecer un modelo susceptible de ser replicado en todas las regiones del país, se define como "Cocina Fábrica" a un establecimiento que, aplicando buenas prácticas de manufactura y siguiendo normas de procedimiento, principios de repetitividad y niveles de escala propios de la actividad industrial, elabora comidas con la artesanía propia de la buena gastronomía y las conserva para su consumo diferido con métodos que, preservando su calidad original, permiten comercializarlas en mercados distantes del lugar de producción.

Que como consecuencia de las acciones descriptas resulta necesario aprobar el isologotipo que identificará y distinguirá al programa "Cocina Fábrica".

Que asimismo, a los fines de la protección marcaria del isologotipo que por la presente medida se aprueba, resulta necesario proceder al registro del mismo ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Dirección Nacional de Alimentos dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, tiene entre sus misiones y funciones: elaborar y proponer normas para el desarrollo y adopción de los modelos y sistemas voluntarios que permitan asegurar la calidad y diferenciación de productos, coordinando su accionar con los distintos organismos con competencia en la materia, proponer instrumentos y mecanismos de normalización y certificación de calidad de productos alimenticios, elaborar y proponer políticas de promoción de exportaciones tendientes a aumentar la competitividad de la producción agroalimentaria en los mercados externos, proponer planes y proyectos que permitan estimular el crecimiento de las economías sectoriales con incidencia regional.

Que el Artículo 1º, inciso b), de la Ley Nº 19.549 prevé que los trámites administrativos deben efectuarse con celeridad, economía, sencillez y eficacia.

Que el Artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72, T.O. 1991 establece que "... Los ministros, Secretarios de PRESIDENCIA DE LA NACION y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior".

Que a fin de permitir a los funcionarios jerárquicos concentrar su atención en las cuestiones fundamentales que hacen a la política de Gobierno, es imprescindible establecer mecanismos de delegación de funciones, de acuerdo a lo previsto por la legislación vigente en la materia.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del gasto público la presente medida no implicará costo fiscal alguno.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 25 del 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:

[b] Artículo 1º — Apruébase el diseño del isologotipo que identificará y distinguirá al programa "Cocina Fábrica" que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

[b] Art. 2º — Delégase en la Dirección Nacional de Alimentos dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la facultad para realizar todas las gestiones necesarias tendientes a obtener el registro de la marca "Cocina Fábrica" ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

[b] Art. 3º — Las medidas dispuestas por la presente resolución no implicarán costo fiscal alguno.

[b] Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel S. Campos.

ANEXO

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