SERVICIO GEOLOGICO MINERO
ARGENTINO
Decreto 82/00
Acéptase la renuncia del Presidente de dicho
organismo descentralizado.
Bs. As., 24/1/00
VISTO el Expediente Nº 045-000036/2000 del Registro
del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 660 del 24 de junio de 1996
dispuso la fusión en un nuevo organismo denominado SERVICIO GEOLOGICO MINERO
ARGENTINO (SEGEMAR), del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA MINERA (INTEMIN), del
CENTRO REGIONAL DE AGUA SUBTERRANEA (CRAS) y del INSTITUTO NACIONAL DE
PREVENCIÓN SISMICA (INPRES), dependientes de la ex SUBSECRETARIA DE MINERIA de
la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que el Decreto Nº 1663 del 27 de diciembre de 1996,
aprobó la estructura organizativa del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO
(SEGEMAR), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que, atendiendo a razones de especialidad y economía
administrativa, el Decreto Nº 1663/96 dispuso que la DIRECCION NACIONAL DEL
SERVICIO GEOLOGICO de la ex SUBSECRETARIA DE MINERIA, dependiente de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, pasara a formar parte del organismo fusionado.
Que el Decreto Nº 146 del 30 de enero de 1998
transfirió el INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS (ex CRAS) dependiente del
SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), dependiente de la ex
SUBSECRETARIA DE MINERIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS al INSTITUTO NACIONAL
DEL AGUA Y DEL AMBIENTE, ente descentralizado de la ex SECRETARIA DE RECURSOS
NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que, asimismo, el Decreto Nº 146/98, modificó los
anexos I y II del Decreto Nº 1663/96, aprobando el ORGANIGRAMA y los OBJETIVOS
del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR).
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1663/96 establece
que el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR) estará dirigido por UN (1)
PRESIDENTE y UN (1) SECRETARIO EJECUTIVO, designados por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
Que el Ingeniero de Minas D. Hugo Jorge NIELSON ha
presentado su renuncia al cargo de Presidente del SERVICIO GEOLOGICO MINERO
ARGENTINO (SEGEMAR), resultando necesario proceder a la aceptación de la misma.
Que a los fines de asegurar la continuidad del
despacho, en función de lo reseñado precedentemente, corresponde proceder a la
designación del funcionario encargado de la firma del mismo.
Que el Señor Subsecretario de Industria, Comercio y
Minería, Licenciado en Economía Don Gonzalo Mario MARTINEZ MOSQUERA, resulta
idóneo para desempeñar las tareas señaladas en el considerando anterior hasta
tanto se proceda a la designación de las nuevas autoridades.
Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
del MINISTERIO DE ECONOMIA en el ámbito de la competencia prevista en el
Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999 ha tomado la debida
intervención.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la debida intervención.
Que el dictado de la presente medida se realiza en
uso de las facultades conferidas por el artículo 5º del Decreto Nº 1663 de fecha
27 de diciembre de 1996 y por el artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Acéptase la renuncia
presentada por el Ingeniero de Minas D. Hugo Jorge NIELSON (DNI Nº 8.563.831)
al cargo de Presidente del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR),
organismo descentralizado de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del
MINISTERIO DE ECONOMIA.
Art. 2º — Desígnase al Señor
Subsecretario de Industria, Comercio y Minería de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA, Licenciado en Economía Don
Gonzalo Mario MARTINEZ MOSQUERA (DNI Nº 10.765.567) encargado de la firma del
despacho del SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR).
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — José
L. Machinea.