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Servicio Nacional de Sanidad y Calidad




Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD ANIMAL

Resolución 139/2002

Inclúyense en la Región Patagonia Norte "A" zonas del territorio de la provincia del Neuquén.

Bs. As., 28/1/2002

VISTO el expediente Nº 5329/2001 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 29 de junio de 2001 fue suscripto entre la Provincia del NEUQUEN y este Organismo un convenio destinado a preservar el estado sanitario de la Provincia del NEUQUEN.

Que en el citado instrumento, se estipulaban un Programa Especial con acciones de control y vigilancia permanente en la zona delimitada por: Región Patagonia Norte "A", establecida en el punto 3.1. del Anexo II de la Resolución Nº 58/2001, a la zona del territorio de la Provincia del NEUQUEN delimitada según lo siguiente: Picún-Leufú (Ruta Nacional Nº 237), CutralCó (Ruta Nacional Nº 22), Cutral-Có/Ruta Provincial Nº 10), Añelo (Ruta Provincial Nº 7), el cruce de Rutas Provinciales Nº 7 y 8 – Puente Dique Ballester, Puente Centenario – Cinco Saltos, Puente Neuquén (Ruta Nacional Nº 22), Balsa Las Perlas sobre el Río Limay.

Que dichas acciones especialmente dirigidas a especies susceptibles de fiebre aftosa concretadas en los plazos previstos generaron una elevación del estatus sanitario de la zona en cuestión.

Que en consecuencia habida cuenta de los resultados obtenidos nada obsta para la inclusión de dicha zona en la Región Patagonia Norte "A" indicada en el punto 3.1 del Anexo II de la Resolución Nº 58 del 24 de mayo de 2001.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a lo previsto en el artículo 8º, incisos e) y l) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 394 del 1º de abril de 2001.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:

Artículo 1º
— Incluir en la Región Patagonia Norte "A", establecida en el punto 3.1. del Anexo II de la Resolución Nº 58/2001, a la zona del territorio de la Provincia del NEUQUEN delimitada según lo siguiente: Picún-Leufú (Ruta Nacional Nº 237), Cutral-Có (Ruta Nacional Nº 22), Cutral-Có/Ruta Provincial Nº 10), Añelo (Ruta Provincial Nº 7), el cruce de Rutas Provinciales Nº 7 y 8 - Puente Dique Ballester, Puente Centenario – Cinco Saltos, Puente Neuquén (Ruta Nacional Nº 22), Balsa Las Perlas sobre el Río Limay.

Art. 2º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Bernardo G. Cané.

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