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Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria




Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD ANIMAL

Resolución 813/99

Modificación de la Resolución Nº 290/95, del ex-Servicio Nacional de Sanidad Animal, en relación con el tiempo máximo que debe transcurrir entre la fecha de recepción de la solicitud de análisis en los laboratorios de la red y la fecha de recepción en la inspección veterinaria de los protocolos de análisis correspondientes, para cada rubro o grupo de rubros analíticos.

Bs. As., 30/7/99

VISTO el expediente Nº 10356/99 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, la Resolución Nº 290 de fecha 29 de setiembre de 1995 del registro del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución mencionada en el Visto, se estableció el tiempo máximo que debe transcurrir entre la fecha de recepción de la solicitud de análisis en los laboratorios de la red y la fecha de recepción en la inspección veterinaria de los protocolos de análisis correspondientes, para cada rubro o grupo de rubros analíticos.

Que el tiempo fijado se considera breve para aquellos analitos que corresponden a un plan de monitoreo de residuos en carnes.

Que los monitoreos se establecen en forma bimestral para cada uno de los establecimientos.

Que debe tenerse en cuenta las distancias que existen entre los laboratorios de análisis de la red y los establecimientos correspondientes.

Que es necesario tomar en consideración que una ampliación de los plazos evitará inconvenientes en los procedimientos que le corresponden a la inspección veterinaria.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia en virtud de lo establecido en el artículo 8º, incisos h) y m) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:

Artículo 1º
— Modifícase el Anexo I de la Resolución Nº 290 de fecha 29 de setiembre de 1995 del registro del ex -SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, en lo referente a los Rubros Analíticos y Tiempo en días corridos, el que quedará redactado de la siguiente manera:





















"RUBROS ANALITICOS

TIEMPO EN DIAS CORRIDOS

Plaguicidas clorados

30

Otros análisis de residuos

30

Micribiológicos

10

Controles Físico-Químicos

10

Controles de agua

10"



Art. 2°— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Luiu O. Barcos

Administracionius UNLP

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