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SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Resolución 558/2004 Modifícase la Resolución Nº 819/2002, mediante la cual se crearon en el ámbito del territorio nacional Oficinas Locales del SENASA, con la finalidad de establecer nuevas repre




SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 558/2004

Modifícase la Resolución Nº 819/2002, mediante la cual se crearon en el ámbito del territorio nacional Oficinas Locales del SENASA, con la finalidad de establecer nuevas representaciones en las provincias de Misiones y Córdoba.

Bs. As., 19/8/2004

VISTO el Expediente Nº 173.902/2004, la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002, ambos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el Visto se crearon en el ámbito del Territorio Nacional, TRESCIENTAS DIECISEIS (316) Oficinas Locales del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que la Dirección Nacional de Sanidad Animal propicia la creación de la Oficina Local de Aristóbulo del Valle ubicada en la Provincia de MISIONES y de la Oficina Local de Balnearia ubicada en la Provincia de CORDOBA, a los fines de una mejor y más armónica atención de las zonas involucradas.

Que en razón de los resultados obtenidos en el desarrollo de los distintos planes sanitarios, corresponde brindar la apoyatura de servicios acorde a los requerimientos de los productores.

Que en tal sentido resulta indispensable cumplir con dicho objetivo con el fin de brindar atención sanitaria a la realidad epidemiológica de cada zona, acorde con las acciones a implementar en cada caso.

Que resulta necesario dotar de personal técnico y administrativo a la zona de influencia, según las acciones sanitarias a desarrollar, en concordancia con la producción pecuaria de la provincia y las concentraciones de productores, como así también en lo referente a trámites administrativos y recaudaciones.

Que se tiende a lograr un aprovechamiento integral de los recursos humanos y económicos disponibles.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680 de fecha 1º de septiembre de 2003.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:

Artículo 1º — Créanse la Oficina Local de Aristóbulo del Valle, ubicada en la Provincia de MISIONES, y la Oficina Local de Balnearia ubicada en la Provincia de CORDOBA, quedando incorporadas al Anexo I de la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, según se detalla en el Anexo I de la presente resolución.

Art. 2º — Modifícase el Anexo II de la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el ámbito geográfico de jurisdicción correspondiente a las Oficinas Locales mencionadas en el artículo 1º de la presente resolución, que como Anexo II se adjunta.

Art. 3º — Modifíquese el Anexo IV de la Resolución Nº 819 de fecha 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, de acuerdo a los mapas Provinciales con ubicación de las Oficinas Locales creadas por el artículo 1º, incorporado como Anexo III de la presente resolución.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.

ANEXO I



ANEXO II



ANEXO III



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