Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD




[b] SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Resolución 141/2006
Plazo que se otorga a las instituciones prestadoras de servicios alcanzadas por la Resolución Nº 110/2006, para presentar la Habilitación Municipal correspondiente.
Bs. As., 29/9/2006
VISTO la Resolución Nº1/2003 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD y la Resolución Nº 110/2006 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 110/2006 se suspendió transitoriamente la aplicación de la excepción establecida por los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 1/2003 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Que en la actualidad existen prestadores de servicios que se encuentran incluidos en el Registro Nacional de Prestadores de Discapacidad y brindan servicios a beneficiarios del Sistema en virtud de lo dispuesto por los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 1/2003, que al ser alcanzadas por la Resolución Nº 110/2006 y encontrarse con los trámites de habilitación municipal sin finalizar perderían su alta en el Registro Nacional de Prestadores de Discapacidad.
Que en consecuencia, y a los efectos de no originar perjuicios a los beneficiarios asistidos en las instituciones precedentemente citadas, correspondería otorgar un plazo de 90 días corridos a fin de que éstas presenten la habilitación municipal correspondiente previo proceder a la baja del Registro Nacional de Prestadores de Discapacidad.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las funciones reconocidas al DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD por el artículo 5º apartado a) y e) del Anexo A del Decreto 1193/ 98 y de las atribuciones que se reconocen a su Presidente en el Reglamento de Funcionamiento (Resolución Nº 1 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD en el apartado d) del texto que le corresponde.)
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Otórgase, a las instituciones prestadoras de servicios alcanzadas por la Resolución Nº 110/2006 del DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, un plazo de 90 días corridos a partir de la fecha de vigencia de la misma para presentar la Habilitación Municipal correspondiente.
[b] Art. 2º — Encomiéndase al SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION a notificar fehacientemente a las instituciones alcanzadas por la Resolución Nº 110/2006 sobre el plazo establecido en el artículo precedente.
[b] Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge E. Mascheroni.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD