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SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS Decisión Administrativa 796/2004 Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004, mediante una compensación de créditos presupuestarios de la Jurisdicción 56 - Ministerio de Planificación




SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

Decisión Administrativa 796/2004

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004, mediante una compensación de créditos presupuestarios de la Jurisdicción 56 - Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Programa 16 "Control del Sistema Nacional de Aeropuertos", del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos y de la Jurisdicción 45 - Ministerio de Defensa, Programa 18, "Apoyo a la Actividad Aérea Nacional", en relación con inversiones de carácter prioritario orientadas a adecuar la infraestructura a fin de brindar una operación aérea segura y eficiente.

Bs. As., 30/12/2004

VISTO el Expediente N° 280/2004 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2004, aprobado por la Ley N° 25.827, distribuido por la Decisión Administrativa N° 2 de fecha 14 de enero de 2004, los Decretos N° 375 de fecha 24 de abril de 1997 y 500 de fecha 2 de junio de 1997, ambos ratificados por el Decreto N° 842 de fecha 27 de agosto de 1997, y el Decreto N° 163 de fecha 11 de febrero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, creado por el Artículo 13 del Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997, requiere la realización de inversiones con carácter prioritario para adecuar su infraestructura con el fin de brindar una operación aérea segura y eficiente.

Que conforme surge de las actuaciones citadas en el VISTO, la FUERZA AEREA ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA solicitó asistencia financiera al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a efectos de satisfacer las necesidades de equipamiento meteorológico y de comunicación y programas de computación imprescindibles para posibilitar la certificación de CINCO (5) de los DOCE (12) Aeropuertos Internacionales previstos, con el fin de que el ESTADO NACIONAL cumplimente las Normas y Recomendaciones del Anexo 14 "AERODROMOS" de la ORGANIZACION DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL (O.A.C.I), en materia de seguridad operacional aeronáutica, requerimientos de certificación de aeropuertos internacionales y cumplimiento del Plan de Navegación Aérea.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, puede transferir de su crédito presupuestario el importe equivalente para la adquisición, por parte del COMANDO DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, del equipamiento mencionado precedentemente, para los Aeropuertos Internacionales; "MINISTRO PISTARINI" de la localidad de EZEIZA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES; "INGENIERO AMBROSIO TARAVELLA" de la Ciudad de CORDOBA, PROVINCIA DE CORDOBA; "FRANCISCO GABRIELLI-EL PLUMERILLO" de la Ciudad de MENDOZA, PROVINCIA DE MENDOZA; "JOSE DE SAN MARTIN" de la Ciudad de RESISTENCIA, PROVINCIA DEL CHACO y "BRIGADIER GENERAL DE LA COLINA" de la Ciudad de MAR DEL PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que realizar tales inversiones responde a compromisos que el ESTADO NACIONAL asume en calidad de Estado signatario del CONVENIO DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL, para garantizar el desarrollo seguro, regular y eficiente de la aviación civil internacional, lo cual implica mantener altos estándares de seguridad operacional, contribuir al normal funcionamiento de los aeropuertos, a la protección de personas y ejercer el control del espacio aéreo.

Que el COMANDO DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, es el responsable de llevar adelante la realización de tales inversiones.

Que asimismo se ha celebrado un Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica con fecha 26 de mayo de 1999, entre el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en ese entonces en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la FUERZA AEREA ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, tiene la función de velar por la operación confiable de los servicios e instalaciones aeroportuarias de acuerdo a normas nacionales e internacionales aplicables, conforme el Artículo 14 del Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997.

Que conforme el Numeral 12, apartado I, inciso IV del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N° 163 de fecha 11 de febrero de 1998, el ESTADO NACIONAL, asumió el compromiso de acompañar las inversiones del Concesionario en los ámbitos que la FUERZA AEREA ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA mantiene bajo su exclusiva responsabilidad.

Que corresponde al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, velar por el mantenimiento, conservación y modernización de la infraestructura aeroportuaria, estableciendo las normas, sistemas y procedimientos técnicos para administrar, operar, conservar y mantener los aeropuertos integrantes del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS y controlar su cumplimiento, según el Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997.

Que es función del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, coordinar con la FUERZA AEREA ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, los organismos y dependencias gubernamentales con atribuciones y/o vinculación directa o indirecta con la actividad aeroportuaria y otros sujetos interesados, la formulación de planes y programas de infraestructura aeronáutica y la evaluación técnica de las obras, conforme lo establece el Artículo 17 inciso 10 del Decreto N° 375 del 24 de abril de 1997.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS cuenta con los recursos necesarios para financiar sus gastos de funcionamiento.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS posee la facultad de administrar conforme a su destino los recursos que perciba, conforme el Artículo 17 inciso 24 del Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997.

Que para ello, corresponde efectuar una compensación de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 56 – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Programa 16 "Control del Sistema Nacional de Aeropuertos" de la entidad 664 ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y de la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA – Programa 18 "Apoyo a la Actividad Aérea Nacional, Servicio 381 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA".

Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el Artículo 13 de la Ley N° 25.827 y lo establecido en el Artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 2 de fecha 16 de enero de 2004.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que el Jefe de Gabinete de Ministros, se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en atención a las previsiones del Artículo 100, incisos 1, 2 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2004 de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Instrúyase al señor Secretario de Hacienda dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION para disponer las medidas tendientes a asignar las cuotas de compromiso y devengado necesarias que posibiliten ejecutar el mencionado crédito durante el presente ejercicio.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido. — Roberto Lavagna.

–––––––––––––

NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

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