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SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS




SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS

Decreto 1862/2002

Dase por prorrogado el plazo dispuesto por el Decreto Nº 354/2002 para que el Sistema Nacional de Medios Públicos Sociedad del Estado eleve a la Secretaría de Comunicaciones una propuesta de normalización de la mencionada sociedad.

Bs. As., 18/9/2002

VISTO el Expediente Nº 53/2002 del Registro de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el Decreto Nº 354 de fecha 20 de febrero de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se dispuso la intervención del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que por el Artículo 5º del Decreto enunciado precedentemente, se dispuso un plazo de SESENTA (60) días para que la mencionada intervención eleve a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION una propuesta de normalización de la mencionada Sociedad.

Que en virtud de las dificultades operativas planteadas por la intervención del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO para cumplir con los términos enunciados precedentemente, resulta procedente otorgar una prórroga por el término de CIENTO VEINTE (120) días para la elevación a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de la propuesta de normalización de dicha Sociedad.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º
— Dase por prorrogado por el término de CIENTO VEINTE (120) días el plazo dispuesto por el artículo 5º del Decreto Nº 354/02, para que el SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO eleve a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN de la PRESIDENCIA DE LA, NACION, una propuesta de normalización de la mencionada Sociedad.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Jorge R. Matzkin.

Administracionius UNLP

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