HOLA SI ALGUIEN ME PUEDE RESPONDER CUAL ES LA DIFERENCIA [u]PRACTICA ENTRE LOS ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO:
MOTIVACION Y CAUSA
OBJETO Y FINALIDAD.
DESDE YA MUY AGRADECIDA.
uhh te elegiste un tema largo, bueno voy a ver si te lo puedo definir rapido:
La motivacion en lo admistrativo es una cuestion muy compleja, ya que siempre los actos de la administracion deben estar motivas ya que esto hace al pcio de legalidad, por lo cual la administracion debe expresar cuales fueron lasn razones que motivaron el cto, sino estaria en miras de una via de hecho, esto se relaciona con la causa hace referencia a los hechos y antecedentes que "motivaron" el acto, pero esta "motivacion" es objetiva, osea que responde a un hecho concreto y no a una motivacion subjetiva como en el derecho civil, un ejemplo: la cesantía de un empleado de la adm. En pocas palabras cuando la administracion realiza un acto se basa en las causas que lo llevaron a emitirlo, y despues en ese mismo acto debe estar plasmada la motivacion que constituye la explicacion del porque del acto, si la Administrativono explicara estas acciones estaria actuando en forma arbitraria.
Lo del objeto es mas sencillo ya que ya que se relaciona con la desviacion de poder osea debe existir una correlacion entre el lo que se quiere y lo que se realiza, la distribucion de competencias de los organos van a tener un "objeto" que debe perseguir aquella finalidad, si esto no se realiza habria una desviacion de poder del organo administrativo.
Espero no haberte confundido mas, es un tema complicado para explicar, de ultima deja tu duda aca que te vuelvo a contestar...
Lo que preguntas es media materia en la UNC, se explica en 4 meses. si consigo un resumen lo mando, pero lo que dice polibio es una aproximacion al tema . saludos
el apunte de planeta ius no sé bien como es...
pero me comentaron que la guía de editorial estudio zafa para un parcial. Aunque nunca recomendaría estudiar de un apunte o una guía, conozco gente que a un parcial ha ido con tan solo leer la guía..
espero que tengas suerteeee!
saludossss
La motivacion en lo admistrativo es una cuestion muy compleja, ya que siempre los actos de la administracion deben estar motivas ya que esto hace al pcio de legalidad, por lo cual la administracion debe expresar cuales fueron lasn razones que motivaron el cto, sino estaria en miras de una via de hecho, esto se relaciona con la causa hace referencia a los hechos y antecedentes que "motivaron" el acto, pero esta "motivacion" es objetiva, osea que responde a un hecho concreto y no a una motivacion subjetiva como en el derecho civil, un ejemplo: la cesantía de un empleado de la adm. En pocas palabras cuando la administracion realiza un acto se basa en las causas que lo llevaron a emitirlo, y despues en ese mismo acto debe estar plasmada la motivacion que constituye la explicacion del porque del acto, si la Administrativono explicara estas acciones estaria actuando en forma arbitraria.
Lo del objeto es mas sencillo ya que ya que se relaciona con la desviacion de poder osea debe existir una correlacion entre el lo que se quiere y lo que se realiza, la distribucion de competencias de los organos van a tener un "objeto" que debe perseguir aquella finalidad, si esto no se realiza habria una desviacion de poder del organo administrativo.
Espero no haberte confundido mas, es un tema complicado para explicar, de ultima deja tu duda aca que te vuelvo a contestar...
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