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Subsecretaría de Financiamiento






>Subsecretaría de Financiamiento[/b]

> [/b]

>DEUDA PUBLICA[/b]

> [/b]

>Disposición 17/99[/b]

> [/b]

>Apruébanse cargos en el marco del Programa de
Financiación a instrumentarse mediante Pagarés o Bonos, aprobado por la
Resolución S.H. Nº 362/99.
[/b]

> 

>Bs.
As., 18/10/99

> 

>VISTO,
el Expediente Nº 080-004130/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, y la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 362 de
fecha 7 de julio de 1999, y

> 

>CONSIDERANDO:

> 

>Que por
el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 362/99 se
aprobó un “Programa de Financiación a instrumentarse mediante Pagarés o Bonos”
por un monto de hasta Valor Nominal DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL MILLONES (VN
US$ 1.000.000.000.-).

> 

>Que por
el artículo 2º de dicha Resolución se dispuso la emisión de Pagarés o “Bonos
del Gobierno Nacional a Tasa Variable” al tiempo que se establecieron las
condiciones financieras de la emisión.

> 

>Que
entre las condiciones financieras se encuentran la opción de canje de Pagarés
por “Bonos del Gobierno Nacional a Tasa Variable”, la opción de canje de “Bonos
del Gobierno Nacional a Tasa Variable” por Pagarés y la cesión de Pagarés.

> 

>Que
para las tres operatorias mencionadas se prevé el cobro de un cargo a ser
determinado por la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO.

> 

>Que la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURlDICOS expresó su opinión con respecto al tenor
de la presente.

> 

>Que la
presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por la
Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 362/99.

> 

>Por
ello,

> 

>EL
SUBSECRETARIO DE FINANCIAMIENTO

>DISPONE:

> [/b]

>Artículo 1º [/b]— Apruébanse, en el
marco del Programa de Financiación a instrumentarse mediante Pagarés o Bonos
aprobado por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 362/99, los cargos
detallados en el Anexo por:


> 

>i) el
ejercicio de la opción de canje de Pagarés por “Bonos del Gobierno Nacional a
Tasa Variable”,

> 

>ii) el
ejercicio de la opción de canje de “Bonos del Gobierno Nacional a Tasa
Variable” por Pagarés, y

> 

>iii) la
cesión de Pagarés.

> [/b]

>Art. 2º [/b]— Los cargos aprobados por el
artículo 1º anterior, deberán ser abonados mediante una transferencia a la
cuenta de la SECRETARIA DE HACIENDA —depósitos en Pesos— número 2020/00
radicada en el Banco Central de la República Argentina. Las operaciones
detalladas en los incisos i), ii) y iii) del artículo 1º de la presente
Resolución no serán liquidadas hasta tanto se haya verificado el ingreso del
monto correspondiente a los mencionados cargos.


> [/b]

>Art. 3º [/b]— Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Miguel A. Kiguel.


> 

>ANEXO

> 



















>DETALLE

  >


>CARGO


>i)
Cargo por ejercicio de la opción de canje de Pagarés por “Bonos del Gobierno
Nacional a Tasa Variable” (Res. SH 362/99, art. 2º, inc. n)).

  lang=EN-US >


>$ 50
(por pagaré)


>ii)
Cargo por ejercicio de la opción de canje de “Bonos del Gobierno Nacional a
Tasa Variable” por Pagarés (Res. SH 362/99, art. 2º, inc. o)).

  lang=EN-US >


>$
50(por pagaré)


>iii)
Cargo por cesión de Pagarés (Res. SH 362/99, art. 2º, inc. p))


>$ 50 (por pagaré)



lang=EN-US > 



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