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Subsecretaría de la Gestión Pública




Subsecretaría de la Gestión Pública

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Resolución 71/2000

Autorízase al mencionado Instituto a adecuar a un determinado período la implementación del Sistema de Retiro Voluntario.

Bs. As., 14/6/2000

VISTO la Ley Nº 25.237 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000, las Decisiones Administrativas Nº 05 del 31 de enero de 2000 y Nº 47 del 2 de mayo de 2000 y lo solicitado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 15 de la Ley Nº 25.237 dispone la creación de un Sistema de Retiro Voluntario para el personal de planta permanente del Sector Público Nacional.

Que por la Decisión Administrativa Nº 05/00 se aprueba la Reglamentación del Sistema del Retiro Voluntario para el personal mencionado en el considerando precedente, comprendido en el artículo 8º inciso a) de la Ley Nº 24.156.

Que a través del artículo 12 del Anexo I de la Decisión Administrativa citada se faculta a la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a autorizar a los organismos descentralizados a adecuar los períodos de implementación del Sistema de Retiro Voluntario, a las propias necesidades derivadas de los procesos de reestructuración que hayan emprendido.

Que los plazos para la implementación del citado Sistema se han fijado por el artículo 11 del Anexo I de la Decisión Administrativa Nº 05/00, texto según su similar Nº 47/00.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se haya inmerso en un proceso de reestructuración interna, razón por la cual solicita adelantar los plazos establecidos en el artículo 11 del Anexo I de la mencionada Decisión Administrativa.

Que ha tomado la intervención que le compete la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA conforme lo previsto en el artículo 12 del acto precedentemente citado.

Que en consecuencia, resulta procedente el dictado de la medida que autorice al organismo solicitante a adecuar los períodos establecidos para la aplicación del Sistema de Retiro Voluntario.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 del Anexo I de la Decisión Administrativa Nº 05/00.

Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

Artículo 1º
— Autorízase al INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para implementar el Sistema de Retiro Voluntario adecuándose los períodos establecidos en el artículo 11 del Anexo I de la Decisión Administrativa Nº 05/00, texto según su similar Nº 47/00, de acuerdo con el siguiente esquema:

a.- Período de Difusión e Información: del 12 al 16 de junio de 2000.

b.- Período para la presentación del formulario por parte de los agentes ante la Unidad de Recursos Humanos: del 19 de junio al 14 de julio de 2000.

Art. 2º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Leandro I. Popik.

Administracionius UNLP

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