Subsecretaría de Industria
BIENES DE CAPITAL, INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES
Disposición 1/2003
Autorízase a la Dirección de Aplicación de la Política Industrial a suscribir el bono fiscal previsto por el artículo 3º del Decreto Nº 379/2001, para los fabricantes locales de bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución Nº 8/2001-ME.
Bs. As., 6/2/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0011529/2003 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que el régimen creado por el Decreto Nº 379 de fecha 29 de marzo de 2001 modificado por el Decreto Nº 502 de fecha 30 de abril de 2001, establece la emisión de un bono fiscal a los fabricantes locales de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución M.E. Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 y sus modificatorias.
Que la Resolución ex S.I. Nº 23 de fecha 16 de mayo de 2001 reglamenta los alcances del régimen creado por el Decreto Nº 379/2001 y su modificatorio.
Que el artículo 10 de la Resolución ex S.I. Nº 23/2001 contempla la delegación de facultades para la emisión y suscripción del bono fiscal previsto por el artículo 3º del Decreto Nº 379/2001.
Que en aras de agilizar la tramitación y emisión del bono fiscal citado precedentemente resulta conveniente autorizar a la DIRECCION DE APLICACION DE LA POLITICA INDUSTRIAL de la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, para suscribir dicho instrumento.
Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002.
Que la presente se dicta de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 de la Resolución ex S.I. Nº 23 de fecha 16 de mayo de 2001.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA
DISPONE:
Artículo 1º — Sin perjuicio de lo dispuesto por la Disposición SSI Nº 10 de fecha 2 de agosto de 2001, autorízase a la DIRECCION DE APLICACION DE LA POLITICA INDUSTRIAL a suscribir el bono fiscal previsto por el artículo 3º del Decreto Nº 379/ 2001.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Guillermo Ferraro.